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07 de Enero, 2010    Divorcios y Separaciones de Mutuo Acuerdo

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Nuestos honorarios son 450 euros.

- ¿Qué trabajos comprende?

* Orientación conjunta a los dos miembros de la pareja.

* Reuniones y/o comunicaciones precisas con ambos cónyuges para concretar las estipulaciones por las que se regirán tras la separación o divorcio.

* Redacción del Convenio Regulador de forma que quede regulada pormenorizadamente su relación futura.

* Confección de la Demanda de Separación o Divorcio.

- ¿Cómo y cuando se abonan los honorarios?

* El 50%, esto es 225 euros, al realizar el encargo.

* El 50% restante al ser dictada Sentencia de separación o divorcio.

A este importe hay que añadir entre 120 y 150 euros de Procurador, que serán abonados en el momento que quede presentada la demanda o el día señalado para la ratificación del Convenio Regulador.

- ¿Qué casos no están comprendidos en este importe?

* Los procedimientos contenciosos en los que no es posible alcanzar un acuerdo.

* La liquidación de la Sociedad de Gananciales.

- ¿Cuánto tiempo dura el procedimiento?

Oscila entre mes y medio y tres meses, dependiendo de la carga de trabajo del Juzgado que conozca de la demanda.

- ¿Habrá más gastos?

No, salvo que el apoderamiento al Procurador se haga por Poder Notarial, suponiendo un coste aproximado de 40 euros.

 

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09 de Agosto, 2009    Convenio Regulador

Modelo de Convenio Regulador de Separación - Hijos Mayores y Liquidación de Gananciales

 

Derecho de Familia

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Consulta Legal Gratis

Modelo de Convenio de Separación de Matrimonio con Hijos Mayores y Liquidación de Gananciales

 

Texto preparado por la Letrada Especialista en Derecho de Familia

Marta García Palacios

 

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MODELO DE CONVENIO REGULADOR DE SEPARACIÓN DE MATRIMONIO CON HIJOS MAYORES Y LIQUIDACIÓN DE GANANCIALES

 

CONVENIO REGULADOR

 Madrid a 29 de enero de 2009

REUNIDOS

DE UNA PARTE, DOÑA ROSARIO MAYORAL SANCHEZ, mayor de edad, con D.N.I. ____________, de nacionalidad española, vecina de Madrid, Calle ___________, piso 1º A.

 

Abogada Experta en Derecho de Familia (Separaciones, Divorcios, Guarda y Custodia, Alimentos ... - Marta García Palacios, ejerciente desde 1998. Telf. 639 68 51 75

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Despachos Colaboradores

Y DE OTRA, DON ROBERTO GARCÍA LUCAS, mayor de edad, con D.N.I. nº _____________, de nacionalidad española, con domicilio en Madrid, Calle_____________, piso 1º A.

INTERVIENEN

Ambos en su propio nombre y derecho, reconociéndose mutuamente capacidad legal suficiente para otorgar el presente CONVENIO REGULADOR, y por vía de antecedentes

E X P O N E N

Primero.- Que contrajeron matrimonio canónico, en Madrid, el día 6 de ________ de 197___ que se encuentra inscrito en el Registro Civil  de Madrid (Carabanchel Alto), en  la Sección Segunda del Libro 30, página ____.

El matrimonio se contrajo bajo el régimen económico de gananciales.

Segundo.- Que de dicha unión han nacido y viven tres hijos:

* MARIA ___________________, el día 25 de Abril de 1.9__, nacimiento que fue inscrito en el Registro Civil de Madrid (Carabanchel Alto),  en  la Sección Primera, del Libro ________, Folio _____.

* ROBERTO _______________________, el día 19 de ____________ de 197__, nacimiento que fue inscrito en el Registro Civil de Universidad de Madrid , Sección Primera en el Libro _____, Folio____, y

* CRISTINA_________________, el día 21 de Octubre de 198_, nacimiento que figura inscrito en el Registro Civil de Madrid (Universidad), Sección Primera, del Libro _______ Folio __.

Tercero.- El último domicilio conyugal está establecido en la ciudad de Madrid, Calle______________, piso 1º A.

Cuarto.- Que el matrimonio por razones que no vienen al caso, ha decidido separarse y regularizar su situación solicitando al Juzgado de común acuerdo la separación matrimonial.

Quinto.- Que con objeto de cumplir los requisitos establecidos en el Art 90 del CC relativos a las exigencias y características que ha de tener el convenio regulador que acompañe a las demandas de separación de mutuo acuerdo, ambos cónyuges suscriben el presente convenio con base en las siguientes:

 

ESTIPULACIONES

-I-

DOMICILIO.- Ambos cónyuges, se comprometen a respetar la libertad e independencia personal del otro, así como la libre fijación de sus domicilios, sin intervenir ni inmiscuirse en modo alguno.

-II-

USO Y DISFRUTE DEL DOMICILIO CONYUGAL.- El uso y disfrute del domicilio conyugal sito en la Calle _______________, piso 1º A será atribuido a la esposa, junto con los dos hijos que han decidido convivir con ella, a quien como se especificará, en el apartado destinado a la liquidación de la sociedad de gananciales, se le atribuirá el Usufructo vitalicio de la indicada vivienda.

            Respecto al ajuar doméstico ambas partes acuerdan hacer una relación de los bienes que queden en la vivienda y de aquéllos otros que sean sacados de la misma, todo ello con anterioridad a la ratificación del presente convenio.

-III-

GUARDA Y CUSTODIA DE LOS HIJOS Y PATRIA POTESTAD.- Dado que los hijos habidos en el matrimonio son mayores de edad, no cabe pronunciamiento acerca de la guarda y custodia, pero permanecerán los dos de menor edad, ROBERTO y CRISTINA, por expreso deseo suyo y en tanto no decidan lo contrario, en compañía de la madre.

-IV-

RÉGIMEN DE VISITAS.- No cabe pronunciamiento al respecto al no haber hijos menores de edad.

-V-

PENSIÓN ALIMENTICIA.-  En la actualidad, solamente dos de los tres hijos permanecen en el domicilio familiar, siendo ROBERTO y CRISTINA.

Para el cálculo de la pensión alimenticia, las partes acuerdan establecer un sistema de cálculo, en el que las variables serán, como dividendo, el importe neto de la pensión que en cada momento cobre Don ROBERTO GARCÍA LUCAS y, como divisor, el número personas que dependan de dicha pensión incluido el beneficiario de la mismas y permanezcan en el domicilio familiar, a excepción de Don ROBERTO GARCÍA LUCAS quien fijará su residencia en diferente domicilio.

            El importe neto de la Pensión, que en cada momento perciba Don ROBERTO GARCÍA LUCAS, por tanto será dividido por el número de personas que dependan de dicho ingreso, incluyendo al obligado al pago, siendo equivalente el resultado así obtenido al importe que le corresponde a cada hijo.

            Como ejemplo ilustrativo de lo expuesto, suponiendo que en el mes en curso la pensión de Don ROBERTO GARCÍA LUCAS ascienda a 2.000 euros y junto con la madre permanecen dos hijos, corresponderá dividir la antedicha cantidad por cuatro (dos hijos, Doña ROSARIO MAYORAL SANCHEZ y Don ROBERTO GARCÍA LUCAS) por ser el número de personas dependientes de dicho ingreso, arrojando tras la indicada división, un resultado de 500 € mensuales, que será la cantidad que deberá destinarse a cada hijo.

            Si un hijo abandonara el domicilio familiar, o alcanzare la plena independencia económica, se reducirá el número de personas que dependen de la pensión y por tanto quedará reducido el divisor en la referida operación. Tomando como base el ejemplo anterior y partiendo de una pensión neta  de 2.000 euros, si tan sólo permaneciera con la madre un hijo, deberá ser dividido entre tres, arrojando un resultado 666,66 € el importe de la ayuda que se deberá destinar al sostenimiento del hijo que quede junto con la madre en el domicilio familiar.

            Se entenderá que un hijo ha alcanzado la independencia económica, cuando obtenga ingresos, que superen 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento.

            Lo anterior supone,

- Mientras en el que fue domicilio familiar residan los dos hijos que continúan en el mismo y siempre  que aún no hayan alcanzado la independencia económica, tal y como se ha determinado el importe a ingresar en la cuenta que se designa al efecto será de 3/4 (tres cuartos) de la pensión de jubilación que reciba D. ROBERTO GARCÍA LUCAS en ese momento.

Entendiendo que 2/4 se corresponden con pensión alimenticia y  1/4 con pensión compensatoria.

.- Cuando en el que fue domicilio familiar resida uno de los hijos que continúa en el mismo y siempre que aún no haya alcanzada al independencia económica tal y como se ha determinado o  residiendo los dos hijos que continúan en el fue domicilio familiar uno de ellos  alcance la independencia económica de la forma determinada el importe a ingresar en la cuenta que se designa al efecto será de 2/3  (dos tercios) de la pensión de jubilación que reciba D. ROBERTO GARCÍA LUCAS en ese momento.

            Entendiendo que 1/3 se corresponde con pensión alimenticia y 1/3 con pensión compensatoria.

- Cuando no resida en el que fue domicilio familiar ninguno de los hijos que aún continúan haciéndolo o cuando ambos hayan alcanzado la independencia económica tal y como se ha determinado el importe a ingresar en la cuenta que se designa al efecto será la mitad de la pensión de jubilación que reciba D. ROBERTO GARCÍA LUCAS en ese momento.

            Entendiendo que esa mitad es únicamente pensión compensatoria.

            El importe de la pensión resultante conforme a las reglas anteriores, deberá ser ingresada dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que a tal efecto sea facilitada por Doña ROSARIO MAYORAL SANCHEZ.

No procede actualización alguna, pues el incremento o disminución que pueda producirse en los ingresos del obligado al pago se reflejarán en el importe de la pensión de jubilación recibida, para ello ello, D. ROBERTO GARCÍA LUCAS remitirá de forma fehaciente a DOÑA ROSARIO MAYORAL SANCHEZ copia de la pensión actualizada antes del día 5 del mes siguiente en el que se produzca la actualización.

            Los gastos extraordinarios serán pagados al 50 % entre los dos progenitores, debiendo llegarse a un acuerdo entre ambos con anterioridad a la realización del gasto. En el caso de que exista desacuerdo respecto del gasto será el Juzgado competente el que determine la necesidad o no del mismo.

-VI-

PENSIÓN COMPENSATORIA.- Atendida la dedicación de Doña ROSARIO MAYORAL SANCHEZ a la Familia durante más de 33 años, ambas partes acuerdan expresamente fijar una pensión compensatoria variable, en función de los ingresos netos provenientes de la Pensión de Jubilación de Don ROBERTO GARCÍA LUCAS y del número de miembros que dependan de dicho subsidio, aplicándose las mismas reglas de cálculo dispuestas para la pensión alimenticia, reflejada en el acuerdo anterior.

            Si llegara el momento y ninguno de los hijos precisara el sostenimiento económico por parte del Padre, la pensión neta que perciba por jubilación Don ROBERTO GARCÍA LUCAS será repartida a partes iguales entre los comparecientes.

No procede actualización alguna, pues el incremento o disminución que pueda producirse en los ingresos del obligado al pago se reflejarán en el importe de la pensión de jubilación recibida, para ello ello, D. ROBERTO GARCÍA LUCAS remitirá de forma fehaciente a D. María ROSARIO MAYORAL SANCHEZ copia de la primera pensión actualizada antes del día 5 del mes siguiente en el que se produzca la actualización.

            El importe de la pensión resultante conforme a las reglas anteriores, deberá ser ingresada dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que a tal efecto sea facilitada por Doña ROSARIO MAYORAL SANCHEZ.

CARGAS.-  Por otra parte ambas partes acuerdan que el pago del Impuesto de Bienes inmuebles y el seguro de la casa de la vivienda sita en la Calle ____________ de Madrid será pagado por partes iguales.

-VII-

RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL.- Ambos cónyuges convienen en liquidar el régimen matrimonial de la sociedad de gananciales por el que se ha regido su matrimonio, procediendo a la adjudicación de los bienes que integran dicho caudal ganancial, en la forma que a continuación se determina.

           

            A.- Inventario y Avalúo.

 

BASE GENERAL.- Todos los bienes que se inventarían tienen el carácter ganancial al haber sido adquiridos constante el matrimonio, con dinero de tal carácter.

 

Primero.- ACTIVO.-

 

1)     Inmueble. Vivienda unifamiliar, sita en la calle ____________de Madrid, Escalera 1, Piso 1º A, de Madrid, del conjunto Residencial __________.

 

Ocupa una superficie propia aproximada de noventa y un metros cuadrados con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Se compone de salón comedor, tres dormitorios, cocina, terraza, tendedero y cuarto de baño.

 

            CUOTA.- Representa una cuota o participación del 1,53 por ciento en el valor total de la finca y en los gastos particulares de la misma y una couta o participación del 0,273 por ciento en los elementos comunes y gastos generales del Conjunto.

 

            TITULO.- Adquirieron la finca mencionada por compra a la mercantil “_______________________” mediante escritura autorizada el día veinticinco de enero de mil novecientos setenta y nueve, por el Sr. Notario Don _______________. Se adjunta al presente escrito como documento nº 1 fotocopia de escritura de compraventa..

 

            INSCRIPCIÓN.- Inscrita en el Registro de la Propiedad número __________ de los de Madrid, al tomo_______, folio 89, finca nº _______, inscripción 2ª.

 

            CARGAS.- Libre de Cargas.

 

            ARRENDAMIENTOS.- Sin arrendar.

 

            GASTOS DE COMUNIDAD.- Manifiestan que se halla al corriente de en el pago de tales gastos.

 

            VALOR. Ambas Partes Valoran De común acuerdo, atendiendo a las Normas de Valoración de la Comunidad de Madrid, en DOSCIENTOS CUARENTA MIL EUROS.................................................................................................. 240.000 EUROS.

 

- Dicho importe se desglosa de la siguiente forma:

 

            * Nuda Propiedad, queda valorada en la cantidad de CIENTO SESENTA Y OCHO MIL EUROS ………………………………….……………….231.000 EUROS.

 

            * Usufructo Vitalicio, atendida la  edad de Doña ROSARIO MAYORAL SANCHEZ, se acuerda fijar el valor del Usufructo en el importe de SETENTA Y DOS MIL EUROS..72.000 EUROS.

 

 

2)     Inmueble. Una doceava  parte del Garaje, Local del Sótano Primero, o Segunda Planta de construcción destinado a garaje, del Edificio T-% del Conjunto Residencial _____________, situado en la Calle ___________ de Madrid.

 

Ocupa el conjunto del garaje una superficie propia aproximada de trescientos sesenta y dos metros cuadrados con ochenta y dos decímetros cuadrados. Consta de un local diáfano con servicios.

 

Correspondiendo el Uso y disfrute exclusivo de la Plaza de Garaje número 2 señalada en el croquis incorporado a la escritura de compraventa.

 

            CUOTA.- Representa una cuota o participación de 2,85 por ciento en el valor total de la finca y en los gastos particulares de la misma.

 

            TITULO.- Adquirieron la participación indicada por compra a los cónyuges Don ____________________ y Doña _______________, en escritura autorizada el día tres de octubre de mil novecientos __________ por la Sra. Notario Doña __________________. Se une al presente como documento nº 2, fotocopia de escritura de compraventa.

 

            INSCRIPCIÓN.- Inscrita en el Registro de la Propiedad número ______ de los de Madrid, en el tomo _________, folio, 52, finca número ___________, inscripción 11ª.

 

            CARGAS.- Libre de Cargas.

 

            ARRENDAMIENTOS.- Sin arrendar.

 

            GASTOS DE COMUNIDAD.- Manifiestan que se halla al corriente en el pago de tales gastos.

 

            VALOR.- Valoran De común acuerdo, atendiendo a las Normas de Valoración de la Comunidad de Madrid, en VEINTICUATRO MIL EUROS...........24.000 EUROS.

 

3)     Inmueble. Usufructo perpetuo y exclusivo de la plaza de garaje nº 28, sita en el subsuelo de la Urbanización__________, constituida por las fincas sitas en la calle __________ números 21, 23, 25, 27, 29, 31, 33, 35, 37, 39 y 41.

 

 

            TITULO.- Adquirieron el uso referido exclusivo, excluyente y transmisible, mediante contrato privado de Adhesión suscrito el día uno de febrero de mil novecientos noventa y tres, con la Comunidad de Aparcamientos en la Urbanización __________. Se une al presente como documento nº 3 fotocopia del citado contrato.

 

            INSCRIPCIÓN.- Pendiente de Inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

 

            CARGAS.- Libre de Cargas.

 

            ARRENDAMIENTOS.- Sin arrendar.

 

            GASTOS DE COMUNIDAD.- Manifiestan que se halla al corriente en el pago de tales gastos.

 

            VALOR.- Valoran de común acuerdo, atendiendo a las Normas de Valoración de la Comunidad de Madrid, en VEINTICUATRO MIL EUROS...........24.000 EUROS.

 

4)     Inmuebles en Multipropiedad. UNA PARTICIPACION INDIVISA DE DOS CINCUENTA Y DOS AVAS PARTES de las fincas, que se reseñarán, incluídas en el COMPLEJO URBANÍSTICO denominado ______________, en el término de _____________, en __________, zona _______, cuyo solar ocupa una superficie de treinta y un mil ochocientos metros cuadrados.:

 

-        1. Finca número Once.- Estudio tipo A, en la planta baja de la edificación, consta de una superficie cubierta de TREINTA Y SEIS METROS, SETENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS y una terraza jardín de DIECISIETE METROS, VEINTIDOS DECIMETROS CUADRADOS.

 

CUOTA: 0,15 por ciento.

 

INSCRIPCION.- Registro de la Propiedad de _______________, al tomo 597, libro 97, de __________, folio 46, finca número _______, inscripción primera.

 

-        2.- Finca número Noventa y Uno.- Estudio tipo A, en la planta alta de la edificación, consta de una superficie cubierta de TREINTA Y SEIS METROS, SETENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS..

 

CUOTA: 0,15 por ciento.

 

INSCRIPCION.- Registro de la Propiedad de______________, al tomo 611, libro 105, de ____, folio 31, finca número __________, inscripción primera.

 

            TITULO.- Adquirieron la referida parte indivisa en las fincas descritas por compra a la mercantil “_________________” mediante escritura autorizada el día veintidós de Octubre de mil novecientos noventa y uno, por el Sr. Notario Don _______________. Se acompaña como documento nº 4 fotocopia de escritura de compraventa.

 

            USO DE LAS REFERIDAS FINCAS. Conforme a la estipulación Cuarta de la Escritura de Compraventa citada, la propiedad de la participación indivisa transmitida atribuye a su titular el uso, exclusivo y excluyente, de las fincas descritas y de todo lo que le es inherente (exterior e interiormente), durante la semana, de cada año natural número SIETE Y OCHO.

 

            VALOR. Ambas Partes Valoran de común acuerdo la indicada parte indivisa en TREINTA MIL EUROS.......................................................................... 30.000 EUROS.

 

 

5)     Automóvil, marca _______, Modelo _____, con Matrícula M-___-OB, valorado en DOS MIL EUROS………….....................................................2.000 EUROS.

 

            6) Dinero común del matrimonio por un total de CUARENTA MIL EUROS………………………………………………………………….40.000 EUROS.

 

 

SUMA TOTAL ASCIENDE EL TOTAL DEL ACTIVO A LA SUMA DE TRESCIENTOS SESENTA MIL EUROS………….……………..: 360.000 EUROS.

 

Segundo.- PASIVO.- Sobre los indicados bienes no pesa carga alguna, no procediendo en consecuencia establecer partida alguna en el Pasivo de la Sociedad de Gananciales.

 

            SUMA EL TOTAL HABER de la sociedad de gananciales TRESCIENTOS SESENTA MIL EUROS……………………………………….…..: 360.000 EUROS.

 

                        B.- Liquidación y Adjudicación

 

            A cada cónyuge le corresponde la mitad del activo, coincidente con la mitad del Haber común al no pesar carga alguna sobre los bienes comunes, esto es, CIENTO OCHENTA MIL EUROS debiendo ser adjudicados a cada uno de los esposos de bienes por dicho importe.

 

            Se propone la siguiente adjudicación:

 

 1.- A Doña ROSARIO MAYORAL SANCHEZ.

 

Se le adjudican siguientes bienes:

 

1.- De epigrafiado al número 1 del Inventario:

                                                          

A)                      50% del PLENO DOMINIO, de la vivienda sita en la Calle________, piso 1º A de Madrid por su valor de CIENTO VEINTE MIL EUROS…………………………………………….120.000 EUROS.

B)                      50% del USUFRACTO VITALICIO correspondiente a la nuda propiedad que se adjudica a Don ROBERTO GARCÍA LUCAS, por su valor de TREINTA Y SEIS MIL EUROS…………………….36.000 EUROS.

 

            Total adjudicado del Inmueble, CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL EUROS………………………………………………………………...156.000 EUROS.

 

 

3.- Una doceava  parte del Garaje, Local del Sótano Primero, o Segunda Planta de construcción destinado a garaje, del Edificio ________ del Conjunto Residencial __________, situado en la Calle _____________ de Madrid, por su valor de VEINTICUATRO MIL EUROS……………………………...………………………………......24.000 EUROS.

 

 

TOTAL  ADJUDICACION, ascendente a CIENTO OCHENTA MIL EUROS………………………………………………………………..180.000 EUROS.

 

COINCIDENTE CON SU HABER.

 

2.-  A Don ROBERTO GARCÍA LUCAS:

 

Se le adjudican siguientes bienes:

 

1.- De epigrafiado al número 1 del Inventario:

                                                          

A)   50% de la NUDA PROPIEDAD, de la vivienda sita en la Calle ___________, piso 1º A de Madrid por su valor de OCHENTA Y CUATRO MIL EUROS ……………………….……………………….84.000 EUROS.

 

2.- Usufructo perpetuo y exclusivo de la plaza de garaje nº _____, sita en el subsuelo de la Urbanización _____________, constituida por las fincas sitas en la calle _______ números 21, 23, 25, 27, 29, 31, 33, 35, 37, 39 y 41., por su valor de VEINTICUATRO MIL EUROS…………………………………………………………….24.000 EUROS.

 

4.- Inmuebles en Multipropiedad. UNA PARTICIPACION INDIVISA DE DOS CINCUENTA Y DOS AVAS PARTES de las fincas reseñadas en la partida ____ del activo, incluidas en el COMPLEJO URBANÍSTICO denominado ____________, en el término de _____________, en ______________, zona Oeste, por su valor de TREINTA MIL EUROS.......................................................................... 30.000 EUROS.

 

5.- Automóvil, marca ______, Modelo _________, con Matrícula M-__-OB, valorado en DOS MIL EUROS……………….…....................................................2.000 EUROS.

 

6.-  Dinero común del matrimonio por un total de CUARENTA MIL EUROS………………………………………………………………….40.000 EUROS.

           

 

TOTAL  ADJUDICACION, ascendente a CIENTO OCHENTA MIL EUROS………………………………………………………………..180.000 EUROS.

 

COINCIDENTE CON SU HABER.

                       

            C.- Declaraciones

 

I.-No hay más bienes que los inventariados, ni se tiene noticia de la existencia de deudas que las señaladas. Si apareciesen unos u otras se adjudicarán, o se pagarán por mitad entre ambos cónyuges

 

III.- Los señores comparecientes, en el concepto en que cada uno de ellos interviene, confieren poder o facultar especialmente e indistintamente a los Letrados Doña ______________, con D.N.I. nº ___________ -E y a Don José Valero Alarcón, con D.N.I. número ____________, para que pueda subsanar el presente convenio, en el supuesto de que se apreciasen defectos subsanables en el mismo, para que tenga su acceso al Registro de la Propiedad correspondiente, firmando al efecto cuantas escrituras o documentos de subsanación, aclaración, rectificación o ratificación fueran precisas hasta lograr el fin indicado.        

 

-VIII-

 

Los gastos que se deriven del procedimiento de separación, así como los precisos para liquidar definitivamente la sociedad económica conyugal serán sufragados a partes iguales por ambos cónyuges, a excepción de los derivados de los letrados y procuradores que intervengan por cada una de las partes, que serán sufragados aquélla a quien defiendan.

 

-VIII-

 

Ambas partes se comprometen a concurrir a la presencia judicial a fin de ratificar la solicitud de Separación y el presente Convenio Regulador.

 

            Y para que así conste y surta los efectos oportunos ambas partes firman el presente convenio, extendido en catorce folios de papel común, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

 

 

            Fdo. Doña María ROSARIO MAYORAL SANCHEZ

 

 

            Fdo. Don ROBERTO GARCÍA LUCAS

 

Castellano

 

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09 de Agosto, 2009    Convenio Regulador

Modelo de Convenio Regulador de Divorcio - Hijo Menor y Vivienda con Hipoteca

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MODELO DE CONVENIO REGULADOR DE MATRIMONIO CON HIJO MENOR Y VIVIENDA HIPOTECADA

 

REUNIDOS

 

            DE UNA PARTE, DOÑA YORGELIS SANCHEZ CAIZ, mayor de edad, con N.I.E. nº X-___________-G y domicilio en Madrid, Calle _____________nº 54, Piso 2º A.

 

 

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            DE OTRA, DON RAIDER ALONSO ERRAEZ PINTO, mayor de edad, con N.I.E. nº X-_________-G y domicilio en Madrid, Calle _______________nº 11, 2º D.

 

INTERVIENEN

 

Concurren ambas partes en su propio nombre y derecho, reconociéndose mutuamente capacidad legal bastante para concertar los acuerdos que se contienen en  el presente documento y,  a tal efecto,

 

MANIFIESTAN

 

I.-  Que contrajeron matrimonio en Atahualpa, Ecuador, el día 11 de Julio de 1.99__, habiendo nacido el día 26 de ____ de 199___ de dicha relación un hijo llamado Kevin _______________, que cuenta en la actualidad con 11 años de edad.

 

II.- Que el régimen económico del matrimonio es el de Sociedad Legal de Gananciales.

 

III.- Que por razones que no son al caso exponer, ambos comparecientes han decidido deducir el oportuno procedimiento de Divorcio, a cuyo objeto otorgan la presente propuesta de CONVENIO REGULADOR, rigiéndose sus relaciones en adelante por las siguientes:

ESTIPULACIONES

 

PRIMERA.-  HOGAR Y AJUAR FAMILIAR.- El hogar familiar ha estado radicado en Madrid, Calle ______________, Piso 2º A, residencia que abandonó hace meses Don RAIDER ALONSO ERRAEZ PINTO, permaneciendo en el mismo hasta el día de la fecha DOÑA YORGELIS SANCHEZ CAIZ y el hijo común de ambos, Kevin ___________, domicilio que se asigna al menor y a la madre en cuya compañía queda hasta que el niño alcance la mayoría de edad, o hasta que por que ambos cónyuges decidan de común acuerdo vender la vivienda o por causas ajenas a su voluntad dejaran de disponer de la misma.

 

SEGUNDA.- GUARDA Y CUSTODIA DEL HIJO COMUN.-  La guarda y custodia del hijo común Kevin ________________, queda encomendada a Doña YORGELIS SANCHEZ, con quien permanecerá de forma continua, a salvo el régimen de visitas encomendado al padre y que se especifica en el apartado cuarto.

 

TERCERA.- PATRIA POTESTAD.-  Es voluntad de los padres seguir ejerciendo de forma conjunta la patria potestad sobre el hijo menor y a este fin se comprometen a tomar de común acuerdo cuantas decisiones importantes puedan afectarle.

 

En éste sentido se comprometen a informar inmediatamente al otro progenitor de cualquier enfermedad que pueda padecer y a comunicarse todos aquellos actos o circunstancias que tengan que ver con la escolaridad, salud y su educación, así como a respetar escrupulosamente ante éste la figura del otro progenitor.

 

CUARTA.- REGIMEN DE COMUNICACIONES, VISITAS Y ESTANCIAS.-

En cuanto al régimen de visitas, estancias y comunicaciones del padre con el niño, será el que libremente acuerden los progenitores, pero a falta de acuerdo entre ambos, queda fijado de la siguiente manera:

 

a)        Fines de semana alternos: el padre disfrutará de la compañía de su hijo en fines de semana alternos, recogiéndole el Viernes a la salida del Colegio y hasta el Domingo a las 20 horas, en que le entregará en el domicilio en el que resida la madre. Si las ocupaciones laborales del padre le impidiesen acudir a la salida del centro escolar, previo aviso a la madre, recogerá al menor en el domicilio alrededor de las 20:00 horas.

 

b)        Durante las vacaciones escolares de Navidad, Semana Santa y Verano.

           

-          Las de Semana Santa, se repartirán en dos períodos, correspondiendo al padre la elección en los años impares y a la madre los años pares.

 

-          Las vacaciones escolares de Navidad se dividen en dos períodos: uno, comprendido entre el día de comienzo de las vacaciones escolares y el día 30 de Diciembre y otro, desde el día 31 de Diciembre hasta el día 6 de Enero, correspondiendo la elección de uno de estos períodos a la madre en los años impares y al padre en los años pares, debiendo comunicarse recíprocamente el período elegido en la primera semana del mes de Diciembre.

 

-          Un mes durante el verano que, en caso de desacuerdo, elegirá la madre en los años impares y el padre en los pares, debiendo comunicarse recíprocamente el mes elegido durante la última semana del mes de Mayo. 

 

No obstante lo anterior, si las vacaciones laborales de ambos padres coincidieran en el mismo mes, el menor pasará con uno de ellos la primera quincena de ese mes y los quince días inmediatamente anteriores y con el otro la segunda quincena y los quince días inmediatamente posteriores, siendo el modo y tiempo de elección idénticos al expresado en el párrafo anterior. 

 

c)         Los días festivos se distribuirán de forma alterna y equitativa entre ambos progenitores.

 

d)        Durante los períodos vacacionales, se interrumpirán las visitas y estancias de fin de semana reflejadas en los apartados a) y b).

 

e)        En todo momento el progenitor con el que se encuentren el niño, permitirá y facilitará la comunicación epistolar, telegráfica y telefónica del hijo con el otro, siempre que ésta última no se produzca, sin causa  justificada, fuera de las horas normales para ello.

 

QUINTA.- ALIMENTOS DEL HIJO.- Por concepto de alimentos al hijo menor, DON RAIDER ALONSO ____________ se obliga a pasar a la madre la cantidad mensual de DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (250,00 €); que deberá ser abonada dentro de los primeros cinco días de cada mes en la cuenta que a tal efecto le sea designada por Doña YORGELIS SANCHEZ.

 

            Dicha cantidad se actualizará anualmente según las variaciones que experimente el I.P.C. marcado por el I.N.E.

 

Con independencia de lo anterior, ambos progenitores sufragarán por mitad los gastos extraordinarios del menor. En este sentido, se consideran los siguientes:

 

- Libros escolares.

 

- La asistencia sanitaria y actos médicos no cubiertos por la Seguridad Social o sistema privado de los progenitores, tales como odontólogo, oftalmólogo, ortopedias, largas enfermedades, etc.

 

- Clases extraordinarias de idioma extranjero, música, natación etc.

 

- Otros gastos no incluidos en los apartados anteriores, siempre que ambos progenitores los consideren necesarios.

 

SEXTO.-  PENSION COMPENSATORIA.- Dado que ambas partes cuentan con sus propios ingresos no se reclaman nada por dicho concepto, al no producirse desequilibrio económico derivado del divorcio que se instará.

 

SEPTIMO.- CARGAS FAMILIARES.- Persiste sobre la que ha sido vivienda común familiar, hipoteca constituida para su adquisición el día 2 de diciembre de 200_, ante el notario de Madrid, Don _____________________, bajo el nº __________ de su protocolo, que será sufragada a la mitad por cada uno de los comparecientes, hasta sea amortizado el préstamo, vendida la vivienda o acaecida cualquier otra contingencia que implique la pérdida de la misma.

 

OCTAVO.- BIENES GANANCIALES.- Las partes acuerdan repartir por mitades el dinero efectivo común en un plazo no superior a cinco días tras la ratificación del presente documento a presencia judicial.

 

            En prueba de conformidad firman ambas partes el presente documento en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

  

Fdo. YORGELIS SANCHEZ CAIZ                Fdo. _________________

   X- __________                                               X- _________                                          

 

 

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CONSEJOS PRACTICOS A LA HORA DE ENFRENTARSE A UNA SEPARACION O DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

- Para utilizar esta modalidad "mutuo acuerdo" es necesario que ambos cónyuges quieran o al menos acepten poner punto y final a la vida en común

- Siendo además preciso que ambas partes estén dispuestas a sentarse a hablar serenamente y negociar, desechando pretensiones ilógicas y carentes de fundamento. El Asesoramiento de un Letrado será crucial, pues informará de los puntos que precisan una concreta regulación y de los pronunciamientos y criterios judiciales existentes, lo que simplificará la árdua labor de conciliación entre ambas partes.

- En caso de existencia de hijos menores las decisiones se deben adoptar de forma que prevalezca el superior interés del menor.

- Siempre es recomendable que se traten los siguientes puntos:

* Atribución del domicilio familiar.

* Guarda y Custodia de los menores.

 * Régimen de visitas en favor del progenitor no custodio.

*  Pensión de alimentos en favor de los hijos, atendiendo a las necesidades económicas de los menores y a la capacidad adquisitiva de los progenitores.

* Pensión Compensatoria en favor del conyuge que pudiera quedar notablemente perjudicado a nivel económico por la ruptura en caso de desequilibrio notable a nivel de ingresos.

* Administración y Uso de los bienes comunes.

* Forma de afrontar las Cargas Familiares.

- El procedimiento consensuado también es aplicable a  parejas de hechos con hijos comunes  (medidas paterno-filiales).

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* Convenio Regulador de Divorcio de Matrimonio sin hijos y con pacto de beta de vivienda común.

 

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09 de Agosto, 2009    Convenio Regulador

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MODELO DE CONVENIO REGULADOR DE PAREJA SIN HIJOS

 

En Madrid, a ocho de Noviembre de dos mil _________

  

R E U N I D O S

  

DE UNA PARTE: DOÑA MARIA ____ ______, mayor de edad, casada, provista de D.N.I. nº 1._________-Y, con domicilio en Madrid, Calle _________, nº 4, 6º D.

 

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DE OTRA PARTE: DON JOSE _____ _______, mayor de edad, casado, provisto de D.N.I. nº __________, con domicilio en Madrid, Calle _________, nº 4, 6º D.

 

Se reconocen capacidad suficiente para este acto, y libre y espontáneamente:

 

M A N I F I E S T A N

 

I.- Que contrajeron matrimonio civil en Madrid, el día 20 de diciembre de 1.979.

 

II.- De dicha unión matrimonial no ha habido descendencia.

 

III.- Que el régimen económico del matrimonio es el de Sociedad Legal de Gananciales.

 

IV.- Que por razones que no son al caso exponer, ambos comparecientes han decidido deducir el oportuno procedimiento de Divorcio, a cuyo objeto otorgan la presente propuesta de CONVENIO REGULADOR, rigiéndose sus relaciones en adelante por las siguientes:

 

E S T I P U L A C I O N E S

 

PRIMERA.- Ambos cónyuges se dan libertad para organizar sus vidas por separado, comprometiéndose a no interferir en la intimidad ni actividades del otro.

 

SEGUNDA.- No se hace expresa atribución del que hasta ahora ha sido domicilio conyugal, sito en la Calle ____________, nº 4, 6º D, manifestando los comparecientes tener intención de venderlo de forma inmediata, sin que ninguno de ellos ostente un uso exclusivo y excluyente del mismo.

 

Los comparecientes se comprometen a comunicarse los respectivos cambios de domicilio que se produzcan en el futuro a los meros efectos de notificaciones, por lo menos hasta que se proceda a la venta de la vivienda que ha sido domicilio conyugal.

 

TERCERA.- No ocasionando el divorcio que se instará desequilibrio respecto a la posición que ocupaban durante el matrimonio, no procede la fijación de pensión compensatoria a favor de ninguno de los comparecientes.

 

CUARTA.- Las deudas existentes hasta la fecha, derivadas de las obligaciones contraídas por Don José con el Ayuntamiento y con Hacienda serán abonadas exclusivamente por éste, sin que ningún tipo de contraprestación o compensación pueda exigir a Doña María.

 

QUINTA.- Ambos cónyuges se comprometen a ratificar el presente documento a presencia judicial, cuando sean requeridos para ello.

 

 

            Y para que conste y en prueba de conformidad con cuanto antecede, y reiterando su plena voluntad de obligarse, firman ambos por triplicado y a un solo efecto el presente documento en el lugar y fecha ut supra.

 

 

 

Fdo. José ___________                    Fdo. Doña MARIA ___ _____________

 

 

 

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09 de Agosto, 2009    Convenio Regulador

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MODELO DE CONVENIO REGULADOR DE MATRIMONIO SIN HIJOS

 

En Madrid, a diecisiete de enero de dos mil ___________

 

R E U N I D O S

 

DE UNA PARTE: DOÑA SOFÍA PEÑA PEÑA, mayor de edad, casada, provista de D.N.I. nº _______________D, con domicilio en Madrid, Calle ____________número 13, Portal A, Planta Séptima, Puerta D.

 

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DE OTRA PARTE: DON JOSÉ VALERO ALARCÓN, mayor de edad, casado, provisto de D.N.I. ____________, con domicilio en Alcorcón, Calle______________, piso 7º A.

 

Se reconocen capacidad suficiente para este acto, y libre y espontáneamente:

 

M A N I F I E S T A N

 

I.- Que contrajeron matrimonio religioso en Madrid, el día 3 de Julio de 200___.

 

II.- De dicha unión matrimonial no ha habido descendencia.

 

III.- Que el régimen económico del matrimonio es el de Sociedad Legal de Gananciales.

 

IV.- Que por razones que no son al caso exponer, ambos comparecientes han decidido deducir el oportuno procedimiento de Divorcio, a cuyo objeto otorgan la presente propuesta de CONVENIO REGULADOR, rigiéndose sus relaciones en adelante por las siguientes:

 

E S T I P U L A C I O N E S

 

PRIMERA.- Ambos cónyuges se dan libertad para organizar sus vidas por separado, comprometiéndose a no interferir en la intimidad ni actividades del otro.

 

SEGUNDA.- El domicilio matrimonial, ha sido la vivienda sita en Madrid, Calle __________________ número 13, Portal A, Planta Séptima, Puerta D, cuyo uso queda expresamente atribuido, desde este momento a la Esposa Doña SOFÍA PEÑA PEÑA, hasta que quede disuelta y liquidada la sociedad de gananciales.

 

Don JOSÉ VALERO ALARCÓN, abandonará el mismo en el improrrogable plazo de cuatro días desde la firma del presente, debiendo hacerlo con todos sus enseres y pertenencias personales.

 

Los comparecientes se comprometen a comunicarse los respectivos cambios de domicilio que se produzcan en el futuro a los meros efectos de notificaciones, por lo menos hasta que se proceda a la ratificación judicial del presente convenio y a la liquidación de la sociedad de gananciales.

 

TERCERA.- No ocasionando el divorcio que se instará desequilibrio respecto a la posición que ocupaban durante el matrimonio, no procede la fijación de pensión compensatoria a favor de ninguno de los comparecientes.

 

CUARTA.- Que los por ahora cónyuges, ya han procedido a repartir entre ellos el dinero efectivo común, así como los enseres y vehículos, quedando únicamente pendiente de liquidación la que ha sido vivienda común, reseñada en la estipulación segunda del presente documento, comprada con anterioridad a la celebración del matrimonio, concretamente el día ____ de Julio de 200__, adquisición en la que participó Don JOSÉ VALERO en un 34%, correspondiendo el restante 66% a Doña SOFÍA PEÑA Cancela.

 

            Que ambas partes han acordado que Don JOSÉ VALERO transmitirá su participación en la referida vivienda, plaza de garaje, demás enseres y mobiliario en ella existente, así como el porcentaje que le corresponde por los pagos realizados para la amortización de los préstamos efectuados constante la sociedad de gananciales por el precio total de ________________________ EUROS (____________ €), renunciado desde el momento de su recepción a cualquier derecho que le pudiera corresponder sobre la citada vivienda,  plaza de garaje y demás bienes que quedan en la vivienda.

 

            Doña SOFÍA PEÑA asumirá en exclusiva el pago del préstamo nº _____________________________, concertado con el Banco Bilbao Vizcaya, para la adquisición de la vivienda y plaza de garaje, debiendo abonar las cuotas de dicho préstamo a través de cuenta en la que no figure Don JOSÉ VALERO, dado que la común se cancelará.

 

            Para mayor celeridad de la liquidación a efectuar, los comparecientes se comprometen en el plazo máximo de quince días hábiles, a suscribir las escrituras públicas y documentos que fueren precisos. Los gastos y tributos necesarios para ello serán sufragados al 50% entre los comparecientes.

 

QUINTA.- Todos los gastos que se deriven del procedimiento de divorcio que se va a instar serán sufragados por mitad.

 

SEXTA.- Ambos cónyuges se comprometen a ratificar el presente documento a presencia judicial, cuando sean requeridos para ello.

 

            Y para que conste y en prueba de conformidad con cuanto antecede, y reiterando su plena voluntad de obligarse, firman ambos por triplicado y a un solo efecto el presente documento en el lugar y fecha ut supra.

 

Fdo. SOFÍA PEÑA PEÑA                    Fdo. JOSÉ VALERO ALARCÓN

 

 

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