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16 de Febrero, 2010    Nacionalidad Española

Doble Nacionalidad Información General, casos en los que procede su concesión.

Nacionalidad 

Nacionalidad, opción, residencia, memoria histórica carta de naturaleza, españa, español

Consulta Legal Gratis Nacionalidad

 

Doble Nacionalidad - Información General

 

Otra Información y Documentación de Interés sobre Nacionalidad

El artículo 11.3 de la Constitución Española de 1978 establece que el Estado español podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos, o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. Además, el mismo artículo de la Constitución establece que  los españoles podrán naturalizarse en esos países sin perder la nacionalidad española.

No es necesario que renuncien a su nacionalidad quienes fueran naturales de países iberoamericanos, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. Se consideran países iberoamericanos a estos efectos aquéllos en los que el español o el portugués sean una de las lenguas oficiales.

Procedimiento:

La doble nacionalidad se obtendrá mediante un procedimiento normal de obtención de la nacionalidad, pero en estos casos el interesado no deberá renunciar a su nacionalidad anterior si es una de las señaladas anteriormente.

La solicitud podrá realizarse bien Presencialmente a través del formulario correspondiente y presentándolo en el Registro Civil del domicilio del solicitante junto con la documentación necesaria según el tipo de nacionalidad a la que se opte (residencia, opción, carta de naturaleza...). O por Correo al Registro Civil de su domicilio, si el interesado no viviera en España podrá enviar su solicitud de nacionalidad junto con la documentación oportuna, bien al Consulado de España en el país en que resida o al Registro Civil Central sito en la Calle Montera nº 18 de Madrid.

 

Si se trata de una solicitud de nacionalidad por carta de naturaleza, deberá enviarse a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil situada en la Plaza de Jacinto Benavente nº 3 de Madrid.

La solicitud deberá  contener los siguientes datos:

 

-  Nombre y apellidos del interesado, así como su lugar y fecha de nacimiento, si tiene la capacidad exigida al efecto por la Ley española, y nacionalidad actual y anteriores de él y de sus padres. (Se acreditará a través de un certificado del Registro español, o en su defecto, por el expedido por el Cónsul o funcionario competente de su país, y de no ser esto posible, por cualquier otro medio).

 

-  Estado civil; nombres y apellidos y lugar y fecha de nacimiento del cónyuge y de los hijos sujetos a la patria potestad. Si hubiere contraído ulteriores nupcias se hará referencia a los  matrimonios anteriores. (Se acreditará a través de un certificado del Registro español, o en su defecto, por el expedido por el Cónsul o funcionario competente de su país, y de no ser esto posible, por cualquier otro medio).

 

- Si está procesado o tiene antecedentes penales. Si ha cumplido el servicio militar o prestación equivalente, exigidos por las leyes de su país, o situación al respecto.

 

- La residencia en territorio español, con precisión de fechas y lugares y las circunstancias excepcionales que invoca si lo que quiere obtener es la nacionalidad por carta de naturaleza.

 

-  Las circunstancias que reducen el tiempo exigido; si habla castellano u otra lengua española; cualquier circunstancia de adaptación a la cultura y estilo de vida españoles, como estudios, actividades benéficas o sociales, y las demás que estime conveniente.

 

- Si se propone residir permanentemente en España y medios de vida con que cuenta.

 

- En su caso, el compromiso de renunciar a la nacionalidad anterior y de prestar juramento o promesa de fidelidad al Rey y de obediencia a la Constitución y a las Leyes (no será necesaria la renuncia a su nacionalidad cuando se trate de nacionales de países iberoamericanos, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o países sefardíes).

 

Una vez presentada la solicitud y el resto de los documentos requeridos ante el Registro Civil del domicilio del interesado, la solicitud será tramitada por el Juez encargado de ese Registro. El oirá al peticionario, especialmente para comprobar el grado de adaptación a la cultura y estilo de vida españoles. A la vista de los documentos aportados y de la entrevista con el peticionario, el Juez encargado resolverá conceder o no la nacionalidad.

 

Nacionalidad 

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Doble Nacionalidad - Información General

 

Otra Información y Documentación de Interés sobre Nacionalidad

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16 de Febrero, 2010    Nacionalidad Española

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Buenos Días, a quien pueda interesar:
> Me faltan 4 meses para cumplir 3 años en situación irregular en España, pero recién la policía me abrió un expediente de expulsión por 6 meses. Necesito saber: ¿es cierto que actualmente tener un expediente de expulsión abierto no es un impedimento para comenzar a tramitar mi autorización de residencia y trabajo por arraigo social? Porque tengo entendido que antes si era un impedimento; o sea, había que esperar a que caducara esa orden de expulsión para poder iniciar cualquier trámite de permiso de residencia, pero ahora me han dicho que eso a cambiado. Necesito por favor el criterio de un profesional.
> Otra pregunta, cual podría ser el presupuesto que uds. cobrarian en caso de que yo necesite llamar a un abogado para que me defienda en el supuesto caso que yo reciba alguna notificación respecto a dicha orden de expulsión. Porque la abogada de oficio que me atendió en la comisaría no me inspiro mucha confianza. Al yo formularle la misma pregunta que inicialmente le dirijo a uds. me respondio que no podia iniciar tramites hasta que no caducara la orden, cuando le exprese mi duda sobre esa respuesta entonces me dijo que debía consultar con un experto en expedientes de arraigo. En fin, como podrán ver, si por alguna casualidad tengo que darme prisa en buscar a un abogado que me defienda, me gustaría estar bien representado.
>
> Esperare por su respuesta, agradecidamente,
> Carlos.

 

Respuesta:

 

Buenos días Carlos, aunque te hayan incoado un expediente de expulsión puedes solicitar tú permiso de residencia por arraigo sin ningún problema, es más si cumples todos los requisitos, la administración de oficio archivará ese expediente.

 

Lo que es importante es que le hayas facilitado a la abogada que te atendió en su día en la comisaria copia de tú pasaporte así como de la documentación que acredite tu arraigo en España (certificado de empadronamiento, tarjeta sanitaria, envíos de dinero, copia de las tarjetas de residencia de familiares legales si los tienes etc...) si la abogada no te hubiera pedido esa documentación o no se la hubieras aportado, ponte en conctacto con ella y remítesela, porque aunque existe un plazo de 48 horas para realizar las primeras alegaciones, hasta que no se haya dictado una resolución se puden realizar cuantas alegaciones se quiera aportando documentación.

 

Con respecto a tú otra pregunta, te comento que nuestros honorarios por la interposición de un recurso contencioso contra una resolución de expulsión son 900 euros, 500 cuando se presenta la demanda y el resto el día del juicio.

 

 

 

Consulta:Nacionalidad

 

Buenos Dias Elena, tengo una duda yo tengo un contrato por 3 horas diarias todo los dias, y quiero meter los papeles para la nacionalidad, puedo meter los papeles solo con esas horas o necesito otras horas mas o un cotrato de 8 horas, o basta con solo tener un contrato de las horas que sea y estar cotizando la seguridad social aunque sean 3 horas.
gracias

Respuesta:

 

Buenos días, a la hora de solicitar la nacionalidad no van a tener en cuenta el tipo de contrato que tengas ni las horas que trabajes, lo que es necesario que acredites es que cuentas con medios de vida para residir en españa (deberás apotar contrato de trabajo, nóminas, vida laboral o cualquier otro documento con el que puedas acreditar tús ingresos).

 

Consulta:Extranjería

 

soy venezolana llevo 14 años en españa 5 años con recidencia no comunitaria y 5 años con recidencia comunitaria entre al pais siendo menor de edad meti la nacionalida hace 2 años y al dejar vencer la recidencia no he podido seguir con los tramites de nuevo nesecito antecedentes penales para que me den recidensia y activar nacionalidad de nuevo
> y no tengo medios para viajar a buscarlos ni familia alla vvivo con un español y tengo hija española y mi madre y mi hermano son venezolanos nacionalisados en españa y mis abuelos maternos son españoles pueden ayudarme de alguna manera por que mi situacion es inmigrante ilegal no tengo ningun tipo de documentacion española y llevo asi 3 años

Respuesta:

Buenos días, la opción que tendrías sería en primer lugar pedir la residencia por arraigo pues puedes acreditar con creces tu estancia en España, y una vez que tengas la residencia optar a la nacionalidad. Pero es necesario los antecedentes penales, no es necesario que viajes a tú país puedes solicitarlos a través de tú embajada o consulado.

 

 

Consulta:Renovación Tarjeta

 

HOLA
> HACE UN AÑO CASI QUE UBTUVE LA TARJETA DE RESIDENTE MEDIANTE EL ARRAIGO SOCIAL Y EN POCOS MESES ME TOCA RENOVAR. MI PREGUNTA ES QUE TENGO QUE HACER PARA RENOVAR O SI ME CONVIENE MODIFICAR MI SITUACION DE ARRAIGO A CUENTA AJENA YA QUE LLEVO COTIZANDO DESDE QUE QUE TENGO DICHO ARRAIGO, PUESTO QUE NO SE SI LA RENOVACION DEL ARRAIGO ME PERMITIRA OBTENER LA SEGUNDA TARJETA POR 2 AÑOS MAS, O LA MODIFICACION DE LA TARJETA SOLO SERA DE 1 AÑO?
> YA QUE TAMBIEN NO SE SI EL ARRAIGO ME PERMITIRA OBTENER LA NACIONALIDAD EN UN FUTURO.
> GRACIAS POR SU AYUDA DE ANTE MANO

Respuesta:

 

Buenos días Leslie, para renóvar tú tarjeta únicamente tienes que acreditar que continua la relación laboral que te permitió obtener el permiso, si en la actualidad has cambiado de trabajo tendrás que aportar el nuevo contrato de trabajo así como la documentación referente al empleador.

 

No tienes que solicitar la modificación de tú tarjeta, además supongo que trabajas por cuenta ajena (es decir para otra persona) aunque estes cotizando a la seguridad social, otra cosa sería que trabajases por cuenta propia (es decir que tuvieses tú propio negocio).

 

Decirte además que es independiente el hecho de que hayas conseguido tú tarjeta a través del arraigo, se te permite la renovación sin problemas así como la obtención de la nacionalidad, lo importante es que ahora estás en situación legal y tienes residencia.

 

 

 

 

 

 

 

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17 de Mayo, 2010    Cancelación de Antecedentes Penales y Policiales

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Si fuese necesario interesaríamos simultáneamente la cancelación de los antecedentes penales por las dos vías posibles.

Nuestros Honorarios por la Cancelación de los Antecedentes Penales desde 250 euros.

Que incluye este Servicio:

- Petición al Juzgado que ha tramitado la ejecución de la pena o penas de certificado expresivo de la fecha de cumplimiento.

- Presentación ante el Ministerio de Justicia (Registro Central de Penados y Rebeldes) del Modelo Oficial, con la documentación pertinente, para proceder a la cancelación.

- Solicitud, si se considerara conveniente atendidas las circunstancias del caso al Juzgado que haya ejecutado la pena para que inste del Ministerio de Justicia la pertinente Cancelación de los Antecedentes.

- Seguimiento de la Petición efectuada.

* Por 100 Euros más instaremos también la cancelación de los antecedentes policiales, ante los responsables de los ficheros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

* - IMPORTANTE:  Si unos antecedentes penales, que debieron ser cancelados, le impiden presentarse a las pruebas para acceder a algún empleo público, podemos confeccionar un informe jurídico fundamentado que acompañar a la solicitud, poniendo de manifiesto que la persistencia de dicha nota desfavorable se debe en exclusiva al funcionamiento anormar de la Administración Estatal, por no resolver la petición en el plazo legal de 3 meses.

Disponemos de Abogados en la Mayoría de las Comunidades de España para tramitar la reclamación.
 

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