Macarena es Experta en Derecho Laboral y por tanto podéis poneros en contacto con ella para plantearle cualquier duda en este ámbito, como por ejemplo:
- Despidos.
- Procesos de Incapacidad Laboral.
- Reclamaciones de Salarios y Derechos.
- Expedientes de Regulación de Empleo.
- Asuntos relacionados con la Seguridad Social.
Ejerce la Abogacía en la Ciudad de Sevilla pudiendo asumnir cualquier defensa en esta ciudad y alrededores.
Podéis contactar telefónicamente en el número 954.232.823, preferiblemente en horario de tarde (16:30 a 20 horas).
Si deseas ver completos los datos profesionales de nuestra compañera, pulsa aquí.
Enrique es un Abogado multidisciplinar, con un amplio bagaje en el Ejercicio de la Abogacía, profesión a la que ha llegado tras ejercer durante varios años como Juez.
Actualmente se centra en el Derecho Administrativo y Contencioso-Administrativo en todas sus variantes, incluyendo la Extranjería.
Podéis solicitar su asesoramiento gratuito sobre:
- Procedimientos de Responsabilidad Patrimonial a la Administración.
- Sanciones Administrativas.
- Licencias y Solicitudes.
- Permisos de Residencia y Trabajo, Expedientes de Expulsión.
Podéis contactar telefónicamente en el número 954.232.823, preferiblemente en horario de tarde (16:30 a 20 horas).
Si deseas ver completos los datos profesionales de nuestro compañero, pulsa aquí.
María ha centrado su carrera profesional en el Derecho de Empresa y os asesorará sobre Derecho Mercantil.
Está especializada en Constitución de Sociedades, Redacción de Estatutos Sociales, Resolución de Conflictos entre Socios, Confeccón de Protocolos Familiares, Contratación Mercantil, Impugnación de Acuerdos Sociales, etc.
Ejerce la Abogacía en la Ciudad de Sevilla pudiendo asumnir cualquier defensa en esta ciudad y alrededores.
Podéis contactar telefónicamente en el número 954.232.823, preferiblemente en horario de tarde (16:30 a 20 horas).
Si deseas ver completos los datos profesionales de nuestra compañera, pulsa aquí.
Desde nuestro Portal Jurídico facilitamos a los interesados la posibilidad de consultarnos por tres vías:
- Orientación on line: Utilizando este formulario recibirán respuesta en su correo electrónico.
. Orientación gratuita telefónica: a través del Tlf. 93.419.21.91 , (de 09,00 a 14,00 y de 15:00 a 19:00 horas de Lunes a Viernes). Seofrece por esta vía una primera orientación especializada y gratuita de cómo proceder o de cómo enfrentar el problema suscitado a nivel legal.
- Orientación personalizada: Si así lo deseas puedes solicitar una consulta presencial con el Letrado Narcís Trenado, colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona. Citas en el Tlf. 93.419.21.91 (Posibilidad de Consulta Gratuita Personal - Contacta e Indica que eres usuario de www.QuieroAbogado.com para ser atendido gratuitamente).
Abogado Experto en Derecho PenalDefensas y Acusaciones Penales, Asistencia a Detenidos, Derecho de Menores, Juicios Rápidos, Derecho Penal Económico...
C/ Gelabert nº 38-40, entlo. 3ª - Barcelona -Ver mapa
Desde nuestro Portal Jurídico facilitamos a los interesados la posibilidad de consultarnos por tres vías:
- Orientación on line: Utilizando este formulario recibirán respuesta en su correo electrónico.
. Orientación gratuita telefónica: a través del Tlf. 981 520 540, ( de 17:00 a 20:00 horas de Lunes a Viernes). Seofrece por esta vía una primera orientación especializada y gratuita de cómo proceder o de cómo enfrentar el problema suscitado a nivel legal.
- Orientación personalizada: Si así lo deseas puedes solicitar una consulta presencial con el Letrado Jorge Puñal Silva, colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Santiago de Compostela. Citas en el Tlf. 981 520 540(Indica que eres usuario de www.QuieroAbogado.com para beneficiarte de nuestras especiales condiciones - Posibilidad de Consulta Gratuita - Consultar).
Consulta Legal Gratuita a Jorge Puñal Silva- Abogado Experto en Derecho Deportivo en Santiago de Compostela
Abogado de Santiago de Compostela experto en Derecho del Deporte - Asesoramiento a Clubs Deportivos, Contratos, Representaciones Deportivas, Intermediación ...
Abogada de Familia en Córdoba. Separaciones, Divorcios, Guarda y Custodias, Liquidaciones de Gananciales, Herencias, Testamentos y Derecho de Familia en General
·Abogada experta en PROCEDIMIENTOS MATRIMONIALES Y DE FAMILIA: (Herencias y Testamentos).
·Experto en Mediación familiar en crisis familiares y conflictos intergeneracionales (Presidenta de la asociación de Interés social COFAYME (Córdoba Familia y Mediación).
·Especialista en tratamiento jurídico y respuestas terapéuticas en situación de violencia de género.
·Experto en acuerdos Prematrimoniales y Liquidación de regímenes económicos matrimoniales.
Áreas de Actuación
- Procedimientos de separación o Divorcio
- Nulidades Matrimoniales.
- Acuerdos prematrimoniales
- Capitulaciones Matrimoniales
- Ejecución de Sentencias por impago de alimentos
- Modificación de medidas acordadas en Sentencia de Separación o divorcio
- Liquidación de Regímenes económicos matrimoniales
- Herencias (todos los trámites).:
1.Obtención de copias en el Notario
2.Declaración de Herederos
3.Obtención de certificados de Última voluntad
4.Impugnación de Disposiciones Testamentarias.
¿Cómo contactar con María Rosa?
-Telefónicamente: llamando al nº 666 137 854 957.470.339 de 17 a 19 horas de lunes a jueves.
- Elena Castillo es abogada ejerciente desde el año 1998, dada de altaen el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
- Especialista en Derecho penal con especial dedicación a los asuntos relacionados con la Violencia de Género.
¿Qué Experiencia tiene? – Brevemente te indico que:
- Actualmente es colaboradora del Grupo Procesal Penal del Ilustre Colegio de Abogados de Abogados de Madrid.
- Forma parte del departamento jurídico de la Asociación AMFESXXI dedicada a la defensa de las víctimas de violencia de género.
- Ha sido Letrada Asesora tanto del Servicio de Orientación Jurídica Municipal durante un periodo de 2 años como del Servicio Jurídico de las Oficinas Judiciales de Madrid durante 4 años.
¿Cómo contactar con Elena?
- Puedes llamar al Teléfono 669.18.11.12, preferiblemente de 16:30 a 19:30 de Lunes a Jueves.
¿Qué Asuntos defiende?
Procesos penales, preferentemente asuntos de Violencia de Género.
¿Ofrece Consulta Jurídica Gratuita Telefónica?
- Sí, de Lunes a Jueves de 16:30 a 20:00 (Servicio sometido a su Disponibilidad).
¿Ofrece Consulta Jurídica Gratuita Presencial?
-Consultar llamando al 669.18.11.12
Si no logras comunicar con nuestra compañera llámanos al 91 530 96 98 y le daremos tu recado.
Desde nuestro Portal Jurídico facilitamos a los interesados la posibilidad de consultarnos por tres vías:
- Orientación on line: Utilizando este formulario recibirán respuesta en su correo electrónico.
. Orientación telefónica: a través del 915309698- 915309695, (en horario de lunes a jueves de 17:00 a 19:00 horas). Seofrece por esta vía una orientación especializada y gratuita de cómo proceder o de cómo enfrentar el problema suscitado a nivel legal.
- Orientación personalizada: Si así lo desean pueden solicitar una consulta presencial con el letrado Vicente Javier Saiz Marco, colegiado 59.795 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Citas en el 915309698 (coste de la consulta presencial 50 euros)
Desearía saBER SI EN JUICIOS RÁPIDOS SE TRAMITAN DESAHUCIOS Y CUÁL SERÍA SU DURACIÓN E IMPORTE TOTAL GASTOS. saludos,
Respuesta:
Buenos días: En desahucios por ahora no hay lo que vulgarmente se denomina juicios rápidos, si bien la última reforma introducida con la Ley 19/2009 agiliza los procedimientos. La duración estimada ronda de 4 a 6 meses. Respecto al coste deberíamos conocer las circunstancias del caso, por lo que te invito a que contactes con nosotros en el teléfono indicado en el envabezamiento.
Consulta: Sustitución de Pena por Expulsión
Buenos dias, tengo un amigo en prision que ha cambiado la pena por la expulsión hace un año ya. Todavía no lo han expulsado, es esto normal? En caso de cumplir la pena en España, tienen derecho a expulsarlo después? Muchas gracias, PILAR > Provincia: Islas Baleares
Respuesta:
Buenos días: Si la pena no puede ser sustituida por la expulsión cumplirá en España y en principio no sería expulsado, salvo que le iniciaran un procedimiento administrativo sancionador por no tener tarjeta de residencia, en ese caso la expulsión sería por vía administrativa y no como sustitución de pena.
Te indico que es frecuente que dentro de prisión se incoen expedientes de expulsión por carceder de papeles.
Consulta: Uso de vivienda familiar tras divorcio
> Me quiero divorciar, tenemos un hijo de 1 año y otra de 3 años, tenemos una vivienda que estamos pagando hipoteca. Quién se quedaría la casa y los niños en el caso de que el no estuviera de acuerdo?
Respuesta:
Buenos días: La decisión ha de adoptarla un Juez previa valoración de las circunstancias concretas del caso, es imposible sin conocer nada del asunto decirte quien se la quedará, aunque lo normal es que lo haga el cónyuge al que se le otorgue la guarda y custodia de los menores, que habitualmente suele ser la madre.
Abogados en Madrid
Consulta: Tráfico de Drogas
un hermano fue detenido en madrid en el aeropuerto cuando regresaba de colombia ,esta en la penitenciaria de soto del real y solo sabemos que encontraron en su maleta unos vaqueros con algo de cocaina, èl alega que estos pantalones no eran de el. La abogada de oficio fue una vez y no volvio, ademas no tenemos ningun dato de ella.Que hacemos ? Lleva alli desde el 15 mayo 2010, la familia en colombia està muy preocupada..y queremos una asesorìa, nos pueden ayudar? mil gracias..esperamos pronta respuesta....
Respuesta:
Buenos días: Para poder asesorarte sobre las posibilidades de defensa en el asunto, tendríamos que saber datos concretos y si fuera posible mantener una entrevista con tu hermano, puedes contactar con nosotros en el teléfono que figura en el encabezamiento.
Consulta: Pena de Prohibición de Aproximación y COmunicación
el 6 de junio de 2008 me condenaron a una orden de alejamiento de mi exmujer por dos años, así mismo me impusieron una pulsera de aislamiento por ese periodo, la sentencia se recurrió y fué firme en marzo de 2009.Ahora el juzgado me dice que tengo que llevarla hasta marzo de 2011,es decir que la sentencia cuenta desde que se hace firme > ¿esto es así o me cuenta desde que me la implantaron?
Respuesta:
Buenos días: La pena empieza a computar desde que se comienza a cumplir no desde que se dictó la sentencia.
Si se te impuso cautelarmente la prohibición de aproximación hasta que fuera dictada sentencia ese periodo debería descontarse.
Si habéis decidido reiniciar convivencia la única vía para intentar dejar sin efecto la pena es por medo de un indulto.
Consulta: Tráfico de Drogas - Colaboración con la Justicia
Gracias... > Me gustaria saber si atiendes casos de narcotrafico, para asesor a una persona que fue capturada y va a ser extraditada a España... si es asi informeme... adicionalmente agradezco me indique cuales son los articulos del código penal Español que hablan sobre rebaja de penas por colaboracion con la justicia, siendo ya capturado... creo que no cobijaria el articulo 376... > Gracias
Respuesta:
Buenas Tardes: Por supuesto que llevamos asunos de narcotráfico. Para la aplicción de la atenuante de colaboración con la justicia hay que acudir al artículo 21 del Código Penal. Es una analógica que se suele encuadrar en el partado 6º en relacion con el 5º. En principio una única atenuante no implica la rebaja de la pena en grado salvo sea muy cualificada. Las reglas de aplicación de las penas están el los artículos 61 y siguientes del CódigoPenal, céntrate en el articulo 66.
Consulta: Seguro de Coches
Buenos días, la cuestión que me preocupa es la siguiente: > Tenía contratada una póliza de seguros de automóvil, con pago semestral. Realicé el tercer pago semestral y al cumplirse éste no atendí el siguiente plazo,dando orden al banco de no atender el recibo, aunque no lo comuniqué a la compañía y contraté el seguro con otra compañía. > Ahora la compañía con la tenía el seguro anterior me reclama la cantidad correspondiente al segundo semestre del seguro, argumentando que el seguro era anual. El período de vigencia que venía reflejado en el recibo era semestral. > ¿Debo atender el pago del semestre que me reclama la compañía? En este caso estaría pagando el seguro por partida doble. > Gracias por su atención.
Respuesta:
Buenas Tardes: Entiendo que tiene razón la compañía de seguros pues seguramente el plazo sería por un año independientemente de la forma de efectuar el pago de la prima.
Lee detenidamente el contrato para determinar si es así. Si lo fuese la compañía tiene perfecto derecho a reclamarte el importe no siendo culpa suya que se hubiese asegurado por dos compañías el riesgo.