CARTA DE INVITACION POLICIAL
Se trata de un documento imprescindible cuando una persona quiere invitar a un familiar o amigo a pasar unos días en España.
Es necesario acudir a la comisaría de policía más cercana al domicilio del solicitante, allí los funcionarios policiales entregarán al interesado un formulario que deberá rellenarse y al que habrá que adjuntar determinada documentación, posteriormente serán los propios agentes los que resolverán sobre la concesión o denegación de la carta de invitación. En caso de concesión deberá remitirse el original al invitado que deberá viajar con ella.
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La documentación a aportar básicamente es la siguiente:
- Contrato de alquiler, escritura pública o título de propiedad.
- Certificado de empadronamiento en el que conste el número de personas que conviven en la vivienda.
- Tarjeta de residencia, pasaporte en vigor o DNI del invitador.
- Copia de la página del pasaporte en la que constan los datos de filiación del invitado.
- Documentación que acredite la relación o vínculo:
Si se trata de familiares (certificados de nacimiento, matrimonio, legalizados y traducidos).
Si se trata de amistades o noviazgos fotografías, correspondencia o cualquier otro documento o soporte audiovisual que pruebe la relación entre invitador e invitado.
- Documentación que acredite la solvencia económica del invitador (Declaración de la renta, nóminas etc...) y que demuestren el compromiso a costear durante el periodo de estancia todos los gastos relativos al alojamiento.
Se regula en la Orden PRE/1283/2007, de 10 de mayo, por la que se establecen los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación de particulares a favor de extranjeros que pretendan acceder al territorio nacional por motivos de carácter turístico o privado.
Su coste es de 96,90 euros, más 1,02 europos por la compulsa y desglose de cada documento.