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11 de Marzo, 2011    Abogado Civilista en Madrid

Abogados Civilistas en Madrid y Resto de España. Consulta Legal Gratis sobre Derecho Civil. Herencias, Desahucios, Divorcios, Comunidades de Vecinos, Impagos, Incapacitaciones, etc...

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publicado por abogadosmadrid a las 23:50  •  1319 Comentarios  •  Recomendar
 
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Gracias por su atención, trabajo en un ayuntamiento desde hace 21 años con contratos discontinuos al principio de 1 año y después de 6 meses, en varias ocasiones y hace unas semanas la última, me dicen que me van a hacer fija y luego no lo hacen. Mi puesto de trabajo depende de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía. Mi pregunta es si tengo derecho a ese puesto fijo o no. Un saludo
publicado por Maria Teresa, el 18.06.2009 15:41
Hola María Teresa: He dado traslado de tu consulta a mi compañero Vicente J. Saiz, Abogado Laboralista, en breve te responderá.
Prefiero que sea él quien te ayude, pues es experto en la materia. Un Saludo
publicado por José Valero - Abogado, el 21.06.2009 19:54
Buenas tardes:

Aunque en este caso el problema es de mi marido me afecta a mi tambien, el tema es que mi marido pasa una pension alimenticia a dos hijos que tuvo con una pareja anterior, todos los meses ha pagado sin faltar ninguno y mas cantidad de la que se dicto en la sentencia ya que son sus hijos.

El problema es que ella le ha puesto una denuncia porque quiere que la revisen para aumentarla dando datos falsos, ha dicho que el trabaja en una empresa y gana 1800 € y que es socio de una empresa con una familiar cuando eso es mentira y por eso le ha denunciado y pide 800 €.

El problema es que los dos nos hemos quedado en paro y el solo cobra prestacion que no llega a los 900 €, y se ha tenido que trasladar a la ciudad donde vive ella pues alli le ha puesto la denuncia para hacer todo el tramite ocasionandonos bastantes gastos.

Tiene que solicitar un abogado de oficio gratis y como esta en otra ciudad yo he tenido que pedir documentacion donde vivimos para enviarsela para presentarla y que le digan si le asignan el abogado pues con los ingresos actuales no podemos pagar uno, le he mandado la documentacion urgente pero todavia no le llego y tiene hasta el dia 29 para contestar, y el tiempo juega en nuestra contra pues si le tiempo a solicitarlo y por lo que sea no le dan el de oficio gratis que hace, y si no le da tiempo a contestar la demanda que puede pasar por no haber encontrado abogado y no es dificil pagar uno?Hay alguna manera de alargar el plazo o hacer algo pues por lo que tengo entendido lo pueden declarar en rebeldia y no es el caso. O puede ir al juzgado y exponer el problema.

Yo estoy que voy a caer enferma sobre todo cuando el siempre pago la pension puntualmente y cuando su ex da datos que no son ciertos y aun encima lleva 2 semanas con lo gastos que acarrea y con el corazon en vilo porque su ex piensa que puede dar datos falsos y que le daran la razon.

Agracedeceria me contesten lo antes posible.

Muchas gracias.
publicado por jaki, el 22.06.2009 13:00
Asunto: Alquiler casa Puse un anuncio para alquilar una casa, se presenta un matrimonio holandes con dos niños de 8 y 14 años. Dicen que que se quedan con ella y que mañana o pasado les mandan el dinero de holanda y me pagan y hacemos el contrato, también me dicen que tiene un problema: terminan de llegar y no tienen donde quedarse, yo confiado les doy las llaves y se quedan alli. Al día siguiente les hice el contrato y dicen que tiene que mandarlo a holanda para que les manden al dinero. Llevan dos semanas y no me pagan. Por un amigo me entero que llevan en españa tiempo, que alquilaron un bar y no pagaron a nadie. Puedo denunciarlos a la guardia civil o en un momento que no esten, cambiar la cerradura u dejarles las cuatro cosas que tienen a una vecina?. Muchas gracias.
publicado por Josemaría, el 25.06.2009 16:39
Hola José María: Por lo que me cuentas entiendo que es una estafa con lo que sí podrías denunciar los hechos. Lo de cambiar la cerradura yo en este foro no te lo puedo recomendar pues es una infracción penal. Denuncia los hechos si en un corto plazo no te abonan las cantidades pactadas. Un Saludo
publicado por José Valero - Abogado, el 25.06.2009 16:42
Buenas tardes. Les escribía para ver si podían ayudarme con un problema complicado que tengo en mi vivienda.

Vivo en un 5º piso y tengo una gran humedad en 2 habitaciones que proceden del piso de arriba (el ático).

Ayer vino un fontanero del seguro de la comunidad y según lo que el operario vió en el patio del vecino del ático, el problema estaba causado por un mal uso del patio comunitario (que aunque sea de su uso y disfrute, no es de su propiedad), ya que, según el operario, el vecino del ático había construido una especie de "circulo" de unos 2 cm de hormigón alrededor del desagüe del patio, que hacía que cuando había fuertes lluvias, el agua no pudiera filtrar a través de esos 2 cm de hormigón y se quedara acumulada alrededor (cosa que hacía que después, ese agua acumulada se filtrara a través del patio hasta las paredes de mis habitaciones).

El operario también me informó de que el vecino (por lo visto, gran aficcionado a las plantas), tiene unos maceteros de construcción de forma cuadrada y que están construidos con hormigón alrededor, excepto la parte que va pegada al muro que separa el patio con el voladizo exterior, con lo cual, cuando hay fuertes lluvias, el agua que queda acumulada en los maceteros, se va filtrando, y con los años, ha deteriorado grabemente el voladizo exterior, y según el operario, esa sería la otra posible causa que podía estar provocando las humedades en mis habitaciones.

A parte, dicho vecino no deja entrar a nadie a su casa a mirar nada (se niega y se pone violento). De hecho, era la tercera vez que un operario venía a mirar el problema, ya que las 2 anteriores no había dejado pasar a nadie. (Y esta vez pudo entrar debido a que se le envió un burofax a través de mi seguro del hogar, y debido a que vió que esta vez iba más en serio, dejo entrar al operario).

Ahora me encuentro con la siguiente papeleta:

- El seguro de la comunidad dice que no cubre el arreglo porque no son humedades, sino que son filtraciones, las cuales no entran en la poliza.
- La comunidad no va a querer hacerse cargo del arreglo si ha sido debido al mal uso del vecino del ático. (Y en parte les dará igual porque el problema solo me repercute a mi).

Por eso mi pregunta es la siguiente ¿Que pasos debo seguir para demostrar que dichos daños han sido causados por el vecino de arriba? Ya que por más que el operario me haya asegurado al 99% que las humedades son debido a eso, quiero poder demostrarlo en caso de tener que poner algún ti
publicado por Vanesa, el 27.06.2009 10:23
Hola Vanesa: Yo mandaría un requerimiento fechaciente tanto a la COmunidad como al Vecino, dado que ambos deben velar por la buena conservación de la cubierta del edificio. La comunidad puede iniciar una acción de cesación.
Respecto a la prueba, por ahora tienes el testimonio del fontanero, así como el requerimiento previo.
Si finalmente, en un plazo breve, no te solucionan el problemas, deberás demandar a ambos (Comunidad y Vecino).
Mi consejo es que contrates a un abogado.
publicado por José Valero - Abogado, el 29.06.2009 10:34
Estoy divorciada y ahora tengo una nueva pareja y estamos pensando en comprarnos un piso.
De mi relacion anterior tengo un hijo y mi pregunta es si para el tema de la escritura existiria algun problema con su padre en caso de mi fallecimiento que el pudeira pedir la parte correspondiente de mi hijo. Muchas gracias
publicado por Marta, el 30.06.2009 10:53
Muy buenas,el caso es que estuve 5 años conviviendo co mi ex pareja en mi casa.ella no estaba ni empadronada,ni escriturada en ella,ya que yo corria con todos los gastos,hipoteca,luz,gas,agua,etc...como compensacion a esos gastos que ella no cubria,decidio pagar la reforma de mi casa con un dinero qe le dieron sus padres...puede reclamarmelo,si yo no tengo nada firmado con ella?podria reclamarle yo por los 5 años que ella estuvo en mi casa sin aportar nada?muchas gracias.les agradeceria, que por favor,enviase respuesta por correo electronico,ya que la respuesta ya fue contestada,pero no he encontrado el modo de encontrarla en el enlace que me indico,gracias.
publicado por juan, el 30.06.2009 13:59
Respuesta para Juan.
Buenas tardes, tanto usted puede reclamar la parte proporcional de aquellos gastos abonados por usted en la convivencia como puede hacerlo ella, por tanto si ella le reclama por la reforma usted podrá reclamar tambien tal como le indico. saludos
publicado por vicente javier saiz marco, el 02.07.2009 10:28
Respuesta para Marta.
Buenas tardes, si se da la circunstancia que plantea su hijo sería heredero suyo del 50% del piso adquirido y en tanto el niño sea menor de edad, su padre sería quien administraría sus bienes. La solución puede estar en que usted haga testamento y regule en el mismo lo referente a la disposición de sus bienes en tanto que su hijo sea menor de edad. No obstante si desea una consulta en nuestro despacho para concretar esta información puede concertar cita en el 915309698. saludos
publicado por vicente javier saiz marco, el 02.07.2009 10:31
son 6 hermanos y su madre, muere uno que además tiene una ahijada y muere sin testamento.Tres de ellos sin informar a los demás están moviendo los papeles,lo que hace desconfiar a los otros, de lo cinco hermanos uno solo está en casa con su madre viviendo al lado su única hija quién le a apoyo para cuidarla.Por fabor es urgente si puedo recibir una respuesta por su parte de ¿QUIÉN HEREDA?les estaré muy agradecidos sin que expresales las más expresivas gracias,recibanun cordial saludo.antig
publicado por antig, el 02.07.2009 17:20
Un saludo.Mi pregunta seria:Mujer en proceso de divorcio contencioso con la demanda de divorcio presentada en el juzgado desde hace un mes , ¿puede vivir con nueva pareja en su domicilio conyugal?De entrada tiene la custodia de los hijos menores y la vivienda está escriturada a nombre de los dos.También existe una orden de alejamiento.Gracias.
publicado por Carmen Arjona lópez, el 03.07.2009 03:36
Hola,queria saber cuanto suele tardar un divorcio por lo contencioso.Gracias.
publicado por Carmen Arjona lópez, el 03.07.2009 03:38
Respuesta para Carmen Arjona.
Buenas tardes, si hay una orden de alejamiento debe haber ya una decisión judicial acerca de la atribución del domicilio familiar, si es así y esta en vigor usted puede organizar su vida como quiera, si no es así le recomiendo que su abogado valore la conveniencia de convivir en el domicilio conyugal con otra persona. El tiempo en que un juzgado tarda en resover un divorcio depende de muchos factores y desconociendo la provincia en que se ha presentado la demanda no le puedo concretar, saludos
publicado por Vicente javier saiz marco abogado, el 03.07.2009 14:12
Antecedentes de hecho
mayo del 2008
en la fecha, trabajo como responsable de un restaurante y tomo la decision de establecerme por mi cuenta
busco informacion en los comerciales de los locales disponibles en la ciudad
me confirman que existe un local a escasos metros del que yo trabajo y que seria el mas oportuno para mis intereses al ser una persona respetada y conocida en el barrio a traves de mi actual trabajo
por medio del jefe de ventas de cafes candelas, me reuno con el propietario del bajo, visitando el local
junio del 2008
tras varias reuniones con el propietario llegamos al acuerdo verbal de arrendamiento del local comercial
en confianza de este acuerdo, dejo de buscar otro posible local para ejercer mi actividad
julio y agosto del 2008
realizo continuas visitas al local y me reuno con el propietario con el fin de formalizar el contrato de arrendamiento para poder asi iniciar los tramites oportunos de instalacion de maquinaria y mobiliario y dar celeridad al inicio de mi actividad empresarial
durante este periodo de tiempo, el propietario solo realiza en el local una pequeña correccion de obra ( cambio de la puerta de acceso por medidas incorrectas para minusvalidos). Me afirma que una vez echa esta obra menor el local cumplira todos los requisitos legales y que ya tendremos la licencia de apertura en breve, como tal formalizaremos el contrato de arrendamiento
contacto con proveedores de maquinaria industrial los cuales visitan el establecimiento para darme presupuestos
mafari
casablanca
dichos tramites con proveedores se quedan paralizados pues todos ellos me solicitan el contrato de arrendamiento

septiembre del 2008
firma de contrato de arrendamiento de local para negocio y
basado en el principio fundamental y contractual de “ buena fe”, doy credibilidad a la informacion que el arrendador me transmite verbalmente en referente a la situación del local comercial, en funcion de la licencia de obra y apertura. A tal efecto, el arrendador asegura que el local cuenta con los requisitos oportunos y que en plazo de un mes podremos obtener la licencia y sera posible su apertura como establecimiento comercial.
Inicio todos los tramites con proveedores para instalar toda la maquinaria y mobiliario necesario para la actividad de restaurante
octubre del 2008
confirmo el pedido de compra para la instalacion de la maquinaria y mobiliario industrial
documentos de entrega e instalacion
el arrendador me afirma que ya puedo abrir al
publicado por Celso, el 08.07.2009 16:44
al publico pues ya tiene presentado en el organismo oportuno
noviembre del 2008
realizo las compras de todo lo que necesito para abrir el local al publico, incluidas materias primas
vuelvo a preguntar al arrendador por la demora de la “respuesta” a los tramites en el concello y me dice que no me preocupe, que esta todo bien y que no entiende porque no nos dieron aun la licencia
factura de compra de mercaderías con esta fecha


diciembre del 2008

en los primeros dias y despues de todo este periodo de tiempo de dar credibilidad a la informacion que el arrendador me transmite la cual era erronea, me confirma este que ya puedo abrir al publico pues el concello dio el visto bueno a la documentacion
contacto con trabajadores y les ofrezco un puesto laboral. Los cuales son conocidos mios y dejan sus puestos actuales por iniciar esta nueva etapa en mi proyecto
se unen a mi a principio de la segunda semana con el fin de preparar la apertura del local
el propietario entra en el local cuando yo no estoy presente y dice a mis trabajadores que se no se abrira el establecimiento y que vuelvan a sus antiguos trabajos pues me va a sacar el local y que alli no se abrira nada
el propietario presenta en el concello la solicitud de fin de obra y apertura a fecha 29 de diciembre. No habia presentado nada con anterioridad.
Copia de dicha solicitud

enero del 2009
decido esperar que el concello adopte una postura en base a la solicitud de licencia
mis trabajadores van cada dia al local
en las ocasiones que no estoy presente el arrendador entra en el local y dice a mis trabajadores que no abro al publico por que no quiero
me reuno con el y les explico que si abro al publico estoy cometiendo una ilegalidad y que puedo tener una sancion administrativa
el arrendador, el cual es vecino del barrio y conoce a todos los vecinos al igual que yo por trabajar con anterioridad en la zona, va comentando que “ paso de todo y no quiero trabajar y que solo me dedico a ir al local por las noches a montar fiestas con mis amigos”
me reuno con el arrendador y le pido explicaciones en referente a las mentiras echas sobre los tramites en el concello para la obtencion de la licencia. Le informo del grave perjuicio economico que me causo y me comenta que “ me engaño un poco”
por compensacion a este perjuicio causado de mala fe, me dice que no me cobra la renta durante los primeros meses que abra al publico
febrero del 2009
siendo consciente de la sancion que puedo tener po
publicado por Celso, el 08.07.2009 16:45
por abrir al publico sin licencia, decido abrir igualmente pues de no hacerlo ya no podria seguir adelante con mi empresa dada la precariedad economica en la que me encontraba ( debida a todos estos meses de retraso y la mala fe del arrendador )
el arrendador visita continuamente el establecimiento y habla con los clientes y proveedores, les comenta que me va sacar el local porque les debo dinero a proveedores y que no quiero trabajar.
Marzo del 2009
debido a la situacion moral y economica y teniendo contratadas dos personas en calidad de encargadas, decido no visitar apenas el establecimiento
aprovechando esta ausencia mia en el local, el arrendador sigue minando mi credibilidad ante clientes y proveedores, comentando a todos que debo dinero
el arrendador me reclama verbalmente el importe de la renta, a lo cual le comento que no puedo pagarle por culpa de sus engaños y de la situacion en precario que me ocasiono
abril del 2009
el arrendador me dice que va interponer demanda de desahucio por impago
comenta a los clientes que me va a sacar el local porque no le pago
habla con los proveedores para informales que no le pague y que se va quedar el con el negocio
pregunta a los proveedores el importe de mi deuda con ellos
pregunta mis trabajadores si les debo dinero
por todos estos comentarios, el negocio se ve muy perjudicado mermando la facturacion ya que mi “ mala fama” en el barrio hace que nadie venga al local
mayo del 2009
me presenta una rescision del contrato y me dice que si no la firmo me demanda.
Decido firmar la roptura del arrendamiento debido a la grave situacion en la que me encuentro, tanto economica como moral.

Situacion actual
la mala fe con la que actuó desde el principio el arrendador me llevo a un grave perjuicio economico. E contraido deudas por importe muy alto a la cuales no puedo hacer frente. Dicha situacion me a perjudicado no solo como empresario sino tambien como persona, ya que en la actualidad dudo mucho que pueda encontrar un trabajo en alguna empresa de hosteleria de la ciudad debido a mi mala fama.

puedo denunciarle por daños y peruicios o alguna otra causa?
publicado por Celso, el 08.07.2009 16:47
Hola.

Bien... Soy extranjera y todavia no he legalizado mi situacíon en España. Vivo em pareja com um español desde hace casi 3 años y tenemos una hija de 3 meses y medio. Nuestra convivencia siempre ha sido dificil y deseo separarme Y VOLVER A MI PAIS, primero por que aqui no tengo a nadie de mi familia y segundo por que no tengo trabajo, y, la verdad, puedo darle una vida mucho mas comoda en mi pais, dado que mis padres tienen 2 negocios familiares que les van bien.

Mi pareja no lo acepta y dice que antes me matará a que me lleve la niña. De hecho, siempre que sale el tema me amenaza. La ultima vez que me amenazó le amenazé yo a él com poner una denuncia en la policia. Entonces fue cuando perdió los papeles y dijo que como haga eso (él es cazador y sabe que con una denuncia probablemente le quitarán la licencia de armas) no deja vivo a nadie de mi familia.

No sé que hacer, la verdade. De eso que les cuento deve hacer 2 o 3 semanas. Estoy llena de dudas y no dudo que sea capaz de hacerlo. Pero lo que mas me preocupa (por que, la verdad, si me mata lo unico que conseguirá es meterse en la cárcel y dejar a su hija sin madre) es que consiga hacer algo para quedarse con la niña.

¿Deveria denunciarle si me amenaza otra vez?

¿Es posible que me nieguen la custodia de la niña por no tener trabajo ni medios para mantenerla en España?

Si tengo la custodia, ¿me autoriza el juez a llevarmela aunque su padre no esté de acuerdo?

¿Tengo derecho a un abogado aunque no lo pueda pagar (y estando irregular)?

Ayudenme, por favor... Estoy perdida y no tengo a nadie aqui...

Muchas gracias
publicado por Maria, el 09.07.2009 05:25
Respuesta para Maria.
Buenas tardes, el problema que usted me plantea es muy complejo para darle en unas pocas lineas una contestación acertada. Usted debe acudir al colegio de abogados de la localidad donde resida y solicitar un asesoramiento gratuito sobre los problemas que me plantea. alli recibirá la ayuda que necesita, mucha suerte, saludos
publicado por Vicente javier saiz marco abogado, el 10.07.2009 10:18
Hoy recibi citacion para un juicio verbal (desahucio por falta de pago), en algunos meses atras realmente me retrase las rentas, en su momento la proprietaria me comunico por un burofax, pero atualmente esas rentas estan al dia, con un retraso maximo de una semana, puede el juez dasahociarme por un retrazo de una semana?
publicado por Carmen, el 10.07.2009 20:40
Adeudamos a una financiera 30.000 euros por un coche. Tenemos 4 meses de impagados. Nos reclaman la cantidad completa. Hemos tratado de vender el coche pero es complicado. Necesitamos saber si una vez nos embargaran el coche, podrían ir contra un local que tenemos en propiedad para cubrir el resto de la deuda o irían contra sueldo. Gracias.
publicado por Santiago, el 13.07.2009 18:21
Respuesta para Santiago.
Buenas tardes, depende de lo que contemple la poliza de prestamo, si se afianzo el pago con algun bien concreto la financiera ira contra ese bien, si se afianzo con todos sus bienes iran a por cualquier cosa comenzando por cuentas corrientes y siguiendo por sueldos y salarios. saludos
publicado por Vicente javier saiz marco abogado-, el 14.07.2009 12:58
Hola, soy propietaria de un local que tengo alquilado. Los inquilinos desde hace unos meses se niegan a pargar y aunque el contrato ha caducado y han un aviso formal via burofax se niegan a abandonar-lo. He consultado con mi abogado y me dice que como pronto a febrero del próximo año tendremos la primera vista y además no tengo posibilidad de cambiar el paño de la puerta. Hay alguna manera de poder agilizar el proceso. Esto no es justo... Mil gracias
publicado por Mariola Gandia Arrue, el 17.07.2009 08:11
es que el hermano de mi abuelo le dejo todo sus bienes en españa ha mi padre y quiero saver de que forma puedo reclamar tales vienes esos vienes estan en valencia sera pocible reclamarlos han pasado 50 años y ha un no e podido reclamarla que devo haser me puede guiar
publicado por rafael mestre, el 19.07.2009 14:26
Hola Rafael: La partición de la herencia no prescribe, es decir se puede pedir siempre. Si la partición hereditaria ya se hizo el plazo para pedir los bienes son 30 años. Si es el primer caso, lo que significa que únicamente hay testamento pero no partición puedes reclamar los bienes que pertenezcan a tu padre. Puedes contactar con nosotros en el 91 530 96 98 o enviando un email a quieroabogado@gmail.com
Un Saludo
publicado por José Abogado Tel 91 530 96 98 - España, el 19.07.2009 14:29
Hola Mariola: Desconozco el lugar desde el que nos escribes, si es Madrid, dudo mucho que se retrase tanto el asunto. Sé que no es Justo, pero hasta que no se introduzcan definitivamente los juicios rápidos para estos asuntos muchos propietarios se verán perjudicados. Un Saludo.
publicado por José Abogado Tel 91 530 96 98 - España, el 19.07.2009 14:37
Hola,en primer lugar os felicito por la labor que brindais.Mi nombre es Marta,mi
consulta es,desde hace 12 años vivo con mi pareja en su piso y no tenemos hijos en comúm, puesto que él si tiene hijos con otra mujer.
Yo no trabajo, me dedico a las labores del hogar,otro dia discutimos y me pidió que me marchará de casa, no estoy empadronada ni yo, ni èl, en el domicilio donde convivimos, pues él sique empadronado donde vive su exmujer, y yo, en casa de una amiga, sé que me perjudica este hecho pero no tuve mas remedio.Mi sorpresa, es que me enterè que sigue legalmente casado con su exmujer,no lo entiendo, si la misma mujer y los hijos saben que vive conmigo, desde hace 12 años.
¿No se han separado porque hay por medio hijos, negocios,bienes patrimoniales?
¿Puedo reclamar una indemnización o compensación por los 12 años que he estado dedicàndome a él?
¿Los vecinos y conocidos pueden testificar que somos pareja de hecho,aunque sigue casado de derecho con otra mujer?.Os agradecería si me aclarárais un poco este lío. Un saludo.
publicado por Marta, el 20.07.2009 00:40
Quiero empadronar a un amigo de nacionalidad portuguesa en mi casa,¿de que manera me puede afectar en mi declaracion de la renta?, yo vivo con mis dos hijos dpendientes de mi; él tiene ingresos por su trabajo en Portugal, tendría que tenerlo en cuenta a él considerando que no va a contribuir al sostenimiento de los gastos de la casa?.,Tambien necesito saber donde tendría él que hacer su declaración en España o en Portugal?
gracias
publicado por María José Hernandez, el 20.07.2009 06:23
Hola María: No te afecta en nada que tu amigo se empadrone en tu domicilio. Su declaración de renta depende de cuál sea su residencia durante la mayor parte del año. Para mayor información puedes llamar a hacienda 902 55 33 55 Un Saludo.
publicado por José Abogado Tel 91 530 96 98 - España, el 20.07.2009 06:35
Respuesta para Marta.
Buenas tardes, cuando un matrimonio se rompe se puede plantear la separacion o el divorcio, o bien no hacerlo. En el caso de tu pareja decidio con su ex mujer no continuar la vida en común, pactaron las cuestiones referentes a los hijos y por la razon que fuera decidieron no tramitar ni separación ni divorcio. En cuanto a tu situación es comprensible que te encuentren incomoda ya que desearías que tu pareja se desvinculara totalmente de su ex mujer. En la practica solo tendrias problemas en caso de ruptura y en caso de qyue hubierais adquirido un bien comun, en ese caso tu dedicacióndurante 12 años tiene el mismo valor que si hubieras aportado un salario. saludos
publicado por Vicente javier saiz marco abogado-, el 20.07.2009 09:31
hola, soy propietario de un piso ubicado en la primera planta del edificio y con acceso unico al patio comunitario. Mi escritura de compraventa refleja como anejo el 50% del patio junto con otros elementos como el trastero.
Mecomunican la existencia de filtraciones del patio al garaje. Quien paga la reparación, la comunidad al 100% o sólo el 50% al figurar en la escritura como anejo la mitad del patio???Gracias
publicado por DANIEL, el 20.07.2009 13:30
Tengo una guardería en unos locales dentro de una comunidad en la que hay un patio. Salios con los niños al patio pues siempre he supuesto que soy comunitaria al igual que el resto de vecinos que salen con sus hijos a pasar la tarde en el patio. Ahora ls vecinos se plantean si yo tengo derecho a usar el patio con los niños de la guardería ya que según ellos lo estoy usando para expltar el negocio. ¿Me pueden prohibir utilizar el patio aunque yo pague la comunidad que me oorresponde? Gracias
publicado por Myriam, el 20.07.2009 19:54
yo llegue a la casa de mi amante y el salio de el segundo piso y resulta que yo comense a subir las escaleras y el a bajarlas yo comense tambien a subirlas entonces como en la mitad de las mismas nos cruzamos el pasa y yo tambien yo hacia arriba y el hacia abajo el despues de aver bajado un poco mas de la mitad de las mismas se callo se fue de cara yse lesiono bastante . para entonces yo ya iba alcanzando el ultimo escalon de arriba pero el problema es que estabamos solos y mas o menos el duro vivo 20dias y ahora enfrento muchos problemas por esto y peor porque mi esposo no sabe nada y no se como probar que nadie lo toco que hago
publicado por cladia patricia villanueva bernal, el 20.07.2009 21:21
Me dirijo a ustedes por una duda y a la vez un problema y es el siguiente: mi padre nos abandono hace 40 años se marcho a vivir al extrangero y nunca mas se supo de el , al conraer deudas importantes mi abuelo, su padre se hizo cargo de la casa en la cual viviamos mi madre, mi hermano y yo, la compro y paso a ser el propietario de dicha vivienda. Mi madre corrio con todos los gastos y reformas que se hicieron durante 40 años ( gastos de comunidad, impuestos etc)ahora mi padre ha regresado y quiere vender la casa en la cual aun vive mi madre su mujer lejitima ,pues no hay divorcio ni separacion entre ellos y mi pregunta es la siguiente : ¿que derechos tiene mi madre ? ¿al ser una herencia de los padres de mi padre que desventajas tiene mi madre ? y por ultimo ¿ hay alguna ley que le beneficie a mi madre y poder tener algun derecho de propiedad de la casa?, les agradeceria que me informaran ustedes pues nadie me saca de la duda...les doy las gracias anticipadamente..un saludo ...ESTHER
publicado por esther parejo vela, el 20.07.2009 23:35
Buenas, mi consulta es que tengo una guarderia, el local esta situado dentro de un recinto privado de todos los vecinos 6 portales a los que se accede por un patio comun. Mi pregunta es ¿ puedo sacar a los niños durante un rato a este patio como si fuera el recreo?, tengo un vecino que dice que no, por eso esta consulta.

Gracias
publicado por pedro lopez, el 21.07.2009 19:54
Hola Pedro: Para darte una orientación correcta sería conveniente ver la escritura de división horizontal, estatutos comunitarios y saber el tiempo que lleva funcionando la guardería y haciendo uso de las zonas comunes. Supongo que para la obtención de la licencia hubo que acreditar la disponibilidad de una zona para el recreo y entiendo que debió existir un acuerdo comunitario, revisa las actas comunitarias para comprobar este extremo. Tu asunto precisa un estudio en profundidad. Un Saludo
publicado por José Abogado Tel 91 530 96 98 - España, el 22.07.2009 04:56
Hola Myriam: Visto el contenido de tu pregunta doy por hecho que eres socia de Pedro, pues me ha planteado una consulta idéntica a la tuya. Reitero lo dicho "Para darte una orientación correcta sería conveniente ver la escritura de división horizontal, estatutos comunitarios y saber el tiempo que lleva funcionando la guardería y haciendo uso de las zonas comunes. Supongo que para la obtención de la licencia hubo que acreditar la disponibilidad de una zona para el recreo y entiendo que debió existir un acuerdo comunitario, revisa las actas comunitarias para comprobar este extremo. Tu asunto precisa un estudio en profundidad." Un Saludo
publicado por José Abogado Tel 91 530 96 98 - España, el 22.07.2009 05:15
Respuesta para Claudia Patricia: Buenos días: Si no hay evidencias de que el fallecimiento de tu compañero no fuera un accidente el asunto se archivará, practicadas unas diligencias de investigación. Seguramente te llamarán a declarar, pero sin evidencias el tema ha de ser archivado. Designa un domicilio diferente para notificaciones. Un Saludo
publicado por José Abogado Tel 91 530 96 98 - España, el 22.07.2009 05:25
Hola Daniel: Para darte una contestación segura, sería necesario ver la escritura de división horizontal. Por lo que me comentas me decanto por considerar que la Comunidad de Propietarios ha de asumir la reparación, salvo que la escritura o estatutos digan lo contrario, al ser una cubierta y por lo tanto elemento estructural y común del edicio. Pero reitero sería necesario estudiar la documentación antedicha. Un Saludo
publicado por José Abogado Tel 91 530 96 98 - España, el 22.07.2009 05:29
Un vehiculo coalisiono contra el mio, la dueña del autoreconocio su responsabilidad,hizo reparar mi auto en un lugar de su confianza pero no quedo bien,se arruino mas,y ahora yo reclamo que el auto quede en las condiciones que estaba antes del impacto, primero dijo que si, y ahora se niega a atenderme.Que recursos tengo a mi favor y que no.DESDE YA MUCHAS GRACIAS
publicado por david, el 22.07.2009 14:29
Buenas noches, mi amiga es argentina con doble nacionalidad (italiana) lleva en España hace más de 2 años, está en pareja con un español y tienen un bebe español. El caso es que su relación no va bien, y está pensando en regresar a Bs As. Su pareja le ha dicho que no le permitirá llevarse al niño. Qué debe hacer? Qué posibilidades tiene de obtener la custodia y patria potestad del niño? Muchas gracias por la ayuda que puedan darnos.
publicado por Yamila, el 22.07.2009 23:07
Buenos días.
Mi consulta es la siguiente:

Con fecha junio de 2006, mi mujer recibe 23.000,00 euros de una herencia.
Ya sé que cuando recibio los 23000 eur, esta cantidad correspondía a un bien privativo.
Desde esa fecha ha tenido algún trabajo esporádico. Aprox. 9 meses a 900 eur netos cada mes.
Por propia iniciativa los ingreso en una cuenta que entonces teniamos en común (ahora ya cancelada por traspaso de fondos a otra entidad a otra cuenta en común).
Yo gano aprox. 2400 eur /mes + 2 pagas.
Yo recibí 4 años antes eur 9000 por herencia que tambien ingresé voluntariamente en una cta en común.
Tenemos dos hijas, una menor de edad y otra mayor de edad, trabajando y viviendo aún en casa .
Ahora que estamos en proceso de liquidación de bienes ganaciales, me reclama que ponga en una cuenta solo a su nombre los 23.000,00 euros.

Yo defiendo que si reclama el importe de la herencia de junio de 2006, tambien tendrá que hacer frente a los gtos. comunes se han producido desde esa fecha y que a continuación les detallo.

¿Es correcto, lo que yo pretendo defender?

Valoración de Activos en régimen económico matrimonial de gananciales:
1 Vivienda EUR 300.000
2 Plaza de garaje s 18.000
2 Plaza de garaje 900
3 Volvo s80 10.000
4 Renault Clio en desguace 0
5 Opel kadett en desguace 0
Ordenador e impresora 3.000
6 Mobiliario y ajuar 12.000
7 Depósito banco 40.000
8 Depósito banco 8.000
9 Fondo banco d 11.000
10 Alquiler Plaza de garaje 9
11 Ptmo Hija

Valoración de Activos en régimen económico de privativos
Importe recibido herencia Pilar EUR 24.000
Pago 50% volvo S80 -8.000
Pago 50% Ordenador e impresora -1.500
Pago 50% aire acondicionado -900
Pago viaje a Paris con Hija menor -1.000
50% pago viaje a Paris de Hija menor -500
Pago vacaciones Esposa 2007 -600
50% pago vacaciones Hija menor 2007 -300
Gastos tlf. movil Esposa desde xx/xx/xx hasta xx/xx/xx -600
50% gastos tlf movil Hija menor desde xx/xx/xx hasta xx/xx/xx -300
Pago Dentista Esposa -2.000
Pago 50% Renault Clio -450
Pago 50% seguro coche Clio desde xx/xx/xx hasta xx/xx/xx -1.200
Pago 50% seguro coche Kadett desde xx/xx/xx hasta xx/xx/xx -900
Pago 50% seguro coche Volvo desde xx/xx/xx hasta xx/xx/xx -1.800
Pago 50% hipoteca nº1 del activo desde xx/xx/xx hasta xx/xx/xx -6.300
Pago 50% ADSL telefónica desde xx/xx/xx hasta xx/xx/xx -1.000
Pago 50% Bienes inmuebles del activo 1 desde xx/xx/xx hasta xx/xx/xx -300
Pa
publicado por pedro, el 23.07.2009 03:48
hola buenos dias mi consulta es si pueden reclamar una deuda de 800 euros de un telefono y internet en un domicilio particular y esa deuda es del 2002 deuda que yo no recuerdo y segun ellos estan los recibos domiciliados en una cuenta que yo nunca tube muchas gracias
publicado por josefa, el 23.07.2009 15:20
Respuesta para Pedro: Como comprenderás no podemos solventarte una cuestión de esa complejidad mediante un sistema de consulta gratuita. Lo siento. Si quieres pedir cita en el Depacho, puedes llamar al 91 530 96 98. Un Saludo
publicado por José Abogado Tel 91 530 96 98 - España, el 23.07.2009 15:23
Hola Yamila: Mi consejo es que inicie un procedimiento de divorcio, lo lógico, salvo supuestos excepcionales, es otorgar la custodia a la madre. Un Saludo
publicado por José Abogado Tel 91 530 96 98 - España, el 23.07.2009 15:25
es posible pagar los meses q debo de hipoteca aunque me reclamen judicialmente la totalidad no quiero perder el piso
publicado por Rocío, el 23.07.2009 15:27
Hola Rocío: Por una vez es posible parar el procedimiento judicial abonando la deuda pendiente. Reitero que únicamente se concede esta posibilidad en una ocasión. Un Saludo
publicado por José Abogado Tel 91 530 96 98 - España, el 23.07.2009 15:29
ABOGADOS DESAHUCIOS, JUICIOS RÁPIDOS ACCIDENTES EN MADRID - Valero & Saiz Abogados desde 1996 - Consulta Legal Gratis 91 530 96 98

Valero & Saiz Abogados Madrid. Desde 1996.
C/ Embajadores 206, Duplicado 1º B. Madrid
Telf. 91 530 96 98 - Fax 91 530 15 43
Formular consulta legal gratis, sobre Jucios Rápidos, Desahucios, Accidentes de Tráfico o Laborales y otras m
referenciado por Desahucios, el 26.07.2009 15:48
Hola, mi consulta es la siguiente:
Desde hace 5 años vivo en un piso alquilado, el 14 de agosto se acaba el contrato y hace 2 meses recibí un burofax donde decía que debía abandonar el piso.Hablé con las fincas y me dijeron telefónicamente que me renovaban el contrato 3años más sin aumento de alquiler y que me reparaban las averías existentes des de hace 9 meses ( 16 baldosas del baño se han caído por estar mal colocadas y el desagüe de la cocina está totalmente obturado y ha dado problemas durante los 5 años ). Hace 2 semanas envié un burofax de respuesta explicando todo el calendario de sucesos de las averías, sus respuestas y concluí diciendo que si no arreglaban los problemas, abandonaría el piso el día que finaliza mi contrato, puesto que nadie pagaría un alquiler de un piso donde hay problemas en baño y cocina. Una semana después de mi burofax, ellos me responden diciendo que tengo que abandonar el piso puesto que el propietario lo ha pensado mejor y quiere arreglarlo sin nadie en el interior.
Lo que me preocupa es que tengo un aval de 3600euros y me dicen que tengo que pagar todo el mes de agosto entero, siendo que:
1. me han confirmado con 3 semanas de antelación que tengo que dejar el piso. Si directamente me lo hubieran confirmado después de mi consulta sobre su burofax, yo habría avisado que dejaba el piso con los 2 meses de anterioridad que dice el contrato.
2. el contrato se acaba el 14 de agosto, así que a mi entender, como mucho pagaré la mitad del mes. No encuentro ningún punto en el contrato que me obligue a pagar el mes entero.
3.A parte de los 3600 euros de aval, en la firma del contrato pagué una fianza de 1mes de alquiler. Así que el último mes no tendría que pagarlo?
Muchas gracias,
publicado por Eva, el 26.07.2009 16:24
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