Me gustaría en dicha fecha dejar zanjada totalmente la relación arrendaticia que nos une, por lo que le pido que en la semana inmediatamente anterior a la salida de la vivienda me permita la entrada en la misma al objeto de comprobar su estado de conservación y proceder, si no se observaran desperfectos, a la devolución de la fianza en su día dada depositada en el mismo momento de la entrega de llaves.
Ruego tenga preparados justificantes que acrediten que se encuentra al corriente en el pago de los servicios y suministros de la vivienda.
Quedando a su disposición para concretar día y hora tanto para la revisión de la vivienda como para la devolución de la misma y agradeciéndole la atención que sabrá dispensar a las presentes líneas reciba un cordial saludo.
Fdo. _____(Propietario)
Telf. ________________
Explicación:
El propietario tiene la facultad llegado el término del contrato, es decir cunado hayan pasado 5 años desde su firma, de no renovarlo. Si no lo hiciere se prorrogaría anualmente, si el inquilino quisiera, hasta 3 años más.
La comunicación, para exigir al inquilino la puesta a disposición de la vivienda, debe ser cursada al menos con un mes de antelación a la fecha de finalización del periodo de cinco años, siendo recomendable para evitar problemas que quede constancia del mismo. Un mecanismo idóneo es efectuarlo por burofax con acuse de recibo y certificación de texto (en cualquier oficina de correos).
Legislación:
El artículo 10 dispone:
“Prórroga del contrato. Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario ...”